DOMINGUEZ, CLAUDIA NORA (1) c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó la actora en causa por accidente laboral contra La Segunda ART S.A. por aplicación de la Ley 27.348; la Cámara modificó la tasa de actualización e interés y confirmó la distribución de costas y honorarios. La Cámara ordenó que los intereses se devenguen según el considerando II y ratificó costas y honorarios conforme al considerando III.
¿Quién es el actor?
Domínguez, Claudia Nora (parte actora).
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso presentado en autos por la actora contra la sentencia de primera instancia en materia de accidente laboral (recurso Ley 27.348), con impugnación principal de la tasa de interés aplicada y de la regulación de honorarios y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió que los intereses se devenguen conforme al considerando II y que las costas y honorarios de ambas instancias se regulen conforme al considerando III; en consecuencia, se modificó la sentencia de grado en lo relativo a la actualización e intereses y se ratificaron y fijaron las costas y honorarios en los términos indicados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
“...el monto por el que prospera la acción devengue intereses desde el 21/12/2020 -art. 2º de la Ley 26773
- y hasta la fecha de la liquidación según la tasa de interés fijada en el apartado 2 del art. 12 de la Ley 24557 modificado por el art. 11 de la Ley 27348 (equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina)...”
Respecto del criterio de actualización, la voto explica la adhesión al precedente de la Sala: “...propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral...”
Sobre costas y honorarios: “En lo que refiere a los emolumentos de las representaciones letradas de la parte actora, demandada y a la perita médica, en atención a las labores desarrolladas en la causa en la etapa anterior, considero adecuado fijarlos en 26 UMAS, 24 UMAS y 8 UMAS respectivamente (cfr. arts. 38 LO, leyes de honorarios y art. 1255 del CCyC)... en la Alzada propongo imponer las costas a la accionada quien conserva su calidad de vencida (art. 68 CPCCN) y... fijar los honorarios... por sus labores en esta etapa en el 30% de lo que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior.”
- Votos: El voto de la Dra. Silvia E. Pinto Varela expone los fundamentos y propone la modificación indicada; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhiere. No hay disidencia.
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