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SASSO, CARLA BEATRIZ c/ VEINFAR S.A. s/DESPIDO

La actora promovió acción por despido indirecto contra VEINFAR S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo de despido indirecto, imponiendo costas en el orden causado y regulando honorarios (25% y 30% sobre lo percibido en la instancia anterior).

Despido indirecto Negativa de tareas Falta de pago de haberes Recurso de apelacion Art. 116 l.o. Costas Honorarios Iva Acceso a la justicia Trabajadores sujeto de preferente tutela


¿Quién es el actor?

SASSO, CARLA BEATRIZ.

¿A quién se demanda?

VEINFAR S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido indirecto (despido/ruptura del contrato por negativa de tareas / supuesta falta de pago de haberes).
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios; se impusieron las costas en esta instancia en el orden causado; se mantuvo la regulación de honorarios de primera instancia y se regularon honorarios por la alzada en 25% para la parte actora y 30% para la empleadora, con más el IVA en su caso. Se ordenó el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): 1) "Los precedentes agravios de la parte actora, no reúnen los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 116 de la L.O., pues no constituyen una crítica concreta y razonada del fallo de primera instancia, en la que se demuestre punto por punto la existencia de errores de hecho o de derecho..." 2) "Contrariamente a lo afirmado por la representación letrada de la parte actora, del intercambio habido entre las partes, la parte actora no intimó por falta de pago del salario... De lo expuesto, surge que la parte actora no intimó por falta de pago del salario, sino únicamente por falta de tareas." 3) "En definitiva, comparto la valoración efectuada en la sentencia de anterior grado, por lo que corresponde confirmarla." 4) Sobre costas: "Toda vez que siendo un sujeto de preferente tutela y lego en la materia, resultaría contradictorio el mensaje de la justicia... Por lo tanto, cabe entender que la determinación de costas establecida en el fallo de anterior grado, se ajusta a las pautas del artículo 68 y 71 del CPCCN..."
- Disidencia/relevancia: No hubo voto disidente de mayoría; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió al voto de la Dra. Cañal. El Dr. Mario Fera no votó (art. 125 L.O.).

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