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IBARRA, MIGUEL ANGEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor la revisión de incapacidades reconocidas por la Comisión Médica en siniestros de 30/12/2022 y 15/12/2023. La Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó los agravios, concluyendo que el recurso adolece de falta de motivación concreta y no desvirtúa las razones del fallo apelado.

Recurso de apelacion Ley 27348 Comision medica Incapacidad Revision judicial plena Falta de motivacion Costas Honorarios Pericia medica Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

el actor (no se individualiza nombre en el extracto).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A. y otro.
- Objeto de la demanda: impugnación de resoluciones del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N°10 respecto de incapacidades derivadas de siniestros ocurridos el 30/12/2022 y 15/12/2023 (recurso Ley 27.348).

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso costas y honorarios de alzada según el considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes): "El memorial en examen no satisface los recaudos que exige el art. 116 de la L.O. pues el actor se limita a realizar invocaciones genéricas y a agregar argumentos en relación con el planteo subsidiario. Sin embargo, omite cuestionar mediante una crítica concreta y razonada las motivaciones esenciales del pronunciamiento." "La anterior sentenciante fundó su decisión en que: '…En relación con la habitualmente invocada necesidad de revisión judicial plena, debo señalar que tal revisión judicial requiere –para poder ser tal– una decisión previa, un cuestionamiento a los fundamentos y a las circunstancias de hecho en las que la decisión se apoya, y una expresión de las razones por las que la decisión es equivocada... La mera invocación a tal necesidad de revisión judicial plena o amplia no constituye una fórmula performativa...'" "Asimismo, no encuentro razones suficientes para designar un nuevo perito médico con el fin de realizar otro examen clínico... y tampoco el accionante aporta razones ni pruebas que me permitan reflexionar lo contrario." Fundamento procesal decisivo: el recurso carece de crítica concreta y razonada a los fundamentos determinantes del fallo de grado, por lo que no concurre agravio susceptible de reforma. En consecuencia, confirmación de la sentencia apelada y regulación de costas y honorarios conforme considerando IV del voto. Disidencias: no se registran votos en disidencia; ambos votos (Guisado y Díez Selva) adhieren a la confirmación.

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