BOTTCHER SORONDO, MARTIN c/ ALVEAR PALACE HOTEL S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor demandó por despido indirecto reclamando indemnizaciones por trato salarial desigual y rebaja de categoría. La Cámara modificó la sentencia de grado, redujo la condena a $206.937,75, fijó intereses hasta el 7/9/2022 y aplicó ajuste por IPC más 3% anual desde esa fecha, además de imponer costas y regular honorarios.
¿Quién es el actor?
BOTTCHER SORONDO, MARTIN C.
¿A quién se demanda?
ALVEAR PALACE HOTEL S.A. y otros (Sutton Dabbah entre ellos).
- Objeto de la demanda: Despido (despido indirecto) por trato salarial desigual, rebaja de categoría y reclamación de indemnizaciones correspondientes.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto de condena a $206.937,75; dispuso que dicho monto devengará los intereses fijados en primera instancia hasta el 7 de septiembre de 2022 y que desde esa fecha el capital será actualizado mediante el Índice de Precios al Consumidor más un 3% de interés puro anual; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado; reguló los honorarios de las distintas representaciones y peritos, y fijó los honorarios de alzada en el 30% de lo percibido en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"si bien no puedo mas que compartir las consideraciones realizadas por el magistrado de grado con relación a los alcances del derecho a la igualdad de remuneración y trato, como así también en cuanto a la inexistencia de prueba alguna que demuestre algún motivo objetivo por el cual la accionada pueda haber justificadamente otorgado al accionante un aumento menor al que otorgó a otros trabajadores de similar condición... no coincido en que el hecho de haberse verificado tal situación pueda validar por si sola el derecho del trabajador a considerarse despedido, pues al margen de que no todo incumplimiento es causa legítima de rescisión sino aquel que, por su gravedad, no consienta la prosecución del vínculo..."
"Ello establecido... sus reclamos fueron finalmente respondidos y aceptados, por lo que, mas allá del derecho que asiste a todo trabajador de procurar una mejor condición de trabajo y dejar voluntariamente su empleo, no se verificaba al momento de su decisión ningún incumplimiento que impidiera la continuidad del vínculo."
"Por lo expuesto, voto por: 1. Modificar la sentencia y reducir el monto de condena a la suma de $ 206.937,75.; 2. Disponer que dicho monto llevará los intereses fijados en primera instancia hasta el 7 de septiembre de 2022 y desde allí el ajuste señalado en los considerandos de este voto; 3. Imponer las costas de ambas instancias en el orden causado..."
"frente a la inexistencia de una tasa de interés bancaria que, aplicada en forma lineal... no se observa otra alternativa posible, en orden a la preservación de la integridad de los derechos en juego, que declarar la inconstitucionalidad del art 7mo de la ley 23.928... y que a partir de allí el capital sea actualizado mediante el Indice de Precios al Consumidor mas un 3% de interés puro anual."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la Dra. Cañal adhirió al voto del Dr. Perugini y el acuerdo adoptó las medidas consignadas.
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