GUTIERREZ, GASTON RODRIGO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor reconocimiento e indemnización por incapacidad derivada de enfermedad profesional (manifestada el 12/04/2021). El Juzgado revocó la resolución de la Comisión Médica N°10, fijó la incapacidad en 9,8% de la T.O. y condenó a PROVINCIA ART SA al pago de $1.342.856,52 más intereses.
¿Quién es el actor?
Gastón Rodrigo Gutierrez.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART SA (A.R.T.).
- Objeto de la demanda: Impugnación de resolución administrativa que negó incapacidad por enfermedad profesional (covid-19 con anosmia y augesia) y pretensión de condena por prestaciones dinerarias derivadas de incapacidad y pago único conforme ley 26.773.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la decisión de la Comisión Médica N°10 y se fijó la incapacidad laboral del actor en 9,8% de la T.O. por la enfermedad profesional manifestada el 12/04/2021; se condenó a PROVINCIA ART SA a abonar $1.342.856,52 dentro del quinto día mediante depósito bancario, más intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios (16% actor, 14% demandada, 7% perito) y aplicación del Acta Acuerdo 2.669 CNAT.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Del informe presentado por el perito médico el 18 de febrero de 2025 surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que el actor presenta, como consecuencia de la enfermedad de covid-19, anosmia que lo incapacita en el orden del 8% de la TO y augesia que le genera una incapacidad que estima en el 6% de la TO. A su turno valuó los factores de ponderación en el 10% por dificultad para realizar tareas habituales y en el 1% por la edad del damnificado."
"Otorgo al dictamen referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante."
"Como corolario de lo hasta aquí señalado, fijo la incapacidad de la que es portador Gastón Rodrigo GUTIERREZ, en el orden del 9,8% de la T.O., con inclusión de los factores de ponderación que valuó el perito (10% por dificultad para realizar tareas habituales y 1% por la edad)."
"Dejo así aclarado que el art. 11 de la ley 27.348, modifica el art. 12 de la ley 24.557, prescribe el modo de determinar el Ingreso base, al disponer que los salarios mensuales... deberán ser actualizados, mes a mes, de acuerdo a la variación del índice RIPTE... resulta un IBM actualizado de $120.834,37."
"Como consecuencia de lo expuesto, en virtud de la incapacidad determinada (9,8%), de la edad del trabajador a la fecha de la primera manifestación invalidante (37 años) y el ingreso indicado, el importe resultante asciende a la suma de $1.119.047,10... A la suma anteriormente fijada, de $1.119.047,10, corresponde adicionar la indemnización de pago único prevista en el art. 3º de la ley 26.773... Por lo tanto, el monto total de la prestación equivale a $1.342.856,52 ($1.119.047,10 x 20 / 100 = $223.809,42)."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia en el dispositivo.
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