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RODRIGUEZ, RUBEN ANIBAL c/ COTO CENTRO INTEGRAL DE COMERCIALIZACION S.A. s/DESPIDO

Demandante laboral reclamó indemnización por despido y rubros asociados contra Coto Centro Integral de Comercialización S.A. La Cámara de Apelaciones redujo el monto de la condena a $13.105.248,80, dejó sin efecto la regulación de honorarios de primera instancia fijando nuevos estipendios en UMAS y confirmó lo demás objeto de los agravios, con costas 80% a cargo de la demandada.

Despido Indemnizacion Lct Ley 25.323 Vacaciones proporcionales Sac Horas extras Actualizacion de condena Honorarios (umas) Costas


¿Quién es el actor?

Rodríguez Rubén Aníbal (trabajador).

¿A quién se demanda?

COTO Centro Integral de Comercialización S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por despido (indemnizaciones laborales: art. 2 ley 25.323, art. 80 LCT, SAC, vacaciones proporcionales, horas extras, base de cálculo, actualización del monto condenado, regulación de honorarios y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara redujo el monto de la condena a $13.105.248,80 con la actualización dispuesta en origen; dejó sin efecto la regulación de estipendios de primera instancia y fijó los honorarios de la representación letrada del actor en 257,18 UMAS, de la representación letrada de la demandada en 241,44 UMAS y de la perito contadora en 67,48 UMAS (Valor UMA $67.632); confirmó lo restante que fue materia de recursos y agravios; fijó costas de esta instancia 80% a cargo de la demandada y 20% a cargo del actor; reguló los honorarios de esta instancia en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción literal de pasajes relevantes): 1) "Por lo expuesto, concluyo que la accionada no acreditó que el despido directo de autos haya estado ajustado a derecho, por lo que propongo confirmar lo decidido en origen a su respecto." 2) "En consecuencia, voto por dejar sin efecto la condena al pago de las vacaciones proporcionales no gozadas y su sac, y el sac proporcional." 3) "1) Reducir el monto de condena a $13.105.248,80 (trece millones ciento cinco mil doscientos cuarenta y ocho pesos con ochenta centavos) con la actualización dispuesta en origen. 2) Dejar sin efecto la regulación de estipendios de primera instancia y fijar los de la representación letrada del actor en 257,18 UMAS, los de la representación letrada de la demandada en 241,44 UMAS y los de la perito contadora en 67,48 UMAS, conforme un Valor UMA de $67.632. 3) Confirmar lo restante que fue materia de recursos y agravios."
- Disidencias: no consta voto en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.

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