SALTO, VICTOR ANTONIO c/ OMINT ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamación por incapacidad laboral derivada de enfermedades discutida tras dictamen de Comisión Médica. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la incapacidad y declaró desierto el recurso administrativo, por considerar insuficientes y genéricos los agravios y sin demostrar error en la motivación del fallo anterior.
¿Quién es el actor?
Salto Víctor Antonio y otros (actor principal identificado en carátula).
¿A quién se demanda?
OMINT ART S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución de la Comisión Médica Nº 10 y pretensión de reconocimiento de incapacidad laboral por las enfermedades reclamadas (acción en el marco de la ley de Riesgos del Trabajo/ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todos los puntos que fueron materia de recurso y agravios y dispuso costas y honorarios de alzada según el considerando IV.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El memorial en examen no satisface los recaudos que exige el art. 116 de la L.O. pues el actor se limita a realizar invocaciones genéricas y a agregar argumentos en relación con el planteo subsidiario. Sin embargo, omite cuestionar mediante una crítica concreta y razonada las motivaciones esenciales del pronunciamiento."
"Lo cierto es que el demandante reitera el error cometido en la apelación del dictamen administrativo, ya que no cuestiona los fundamentos expuestos por el anterior magistrado para declarar desierto el recurso. Así, se desentiende por completo de los argumentos vertidos por este, limitándose a exteriorizar su desacuerdo sin vincularlos con las circunstancias propias del caso, por lo que no logran conmover el decisorio."
"En tales condiciones, ni siquiera es menester analizar las restantes suposiciones que se invocan en la apelación, pues ellas no bastan para considerar que existe la obligación reparatoria por parte de la demandada conforme los parámetros establecidos por la Ley de Riesgos del Trabajo, lo que me lleva a sugerir la confirmación de lo decidido en grado."
- Costas y honorarios: se impusieron conforme al considerando IV; el voto propuso imponer las costas de alzada por su orden y fijar los honorarios por la etapa recursiva en el 30% de lo que corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior (arts. 38 LO y 30 ley 27.423; art. 68 CPCCN, 2ª parte).
- Disidencias: no constan votos en disidencia; el segundo vocal adhirió al voto del Dr. Guisado.
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