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CASAVIEJA, RAUL HERNAN c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor, Raúl Hernán Casavieja, demandó por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo (herida cortante en meñique izquierdo). La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el fallo recurrido y dejó sin costas la causa, rechazando la petición de producir la prueba pericial ofrecida por el recurrente.

Apelacion Accidente de trabajo Incapacidad laboral Comision medica Prueba pericial Tutela judicial efectiva Cicatriz 3 cm Baremo 24.557 / decreto 659/96 Costas Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

CASAVIEJA, RAUL HERNÁN.

¿A quién se demanda?

LA SEGUNDA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución de Comisión Médica que concluyó ausencia de incapacidad laboral por accidente de trabajo ocurrido el 6/6/2023; pedido de admisión de prueba pericial y reconocimiento de incapacidad indemnizable (cicatriz, tendinitis, limitación y presumible daño psicológico).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo recurrido y decretó "Sin costas en atención a la naturaleza de la cuestión litigiosa."
- Fundamentos principales de la decisión (trascripción de párrafos relevantes): Voto del Dr. Carlos Pose (mayoría): "Los agravios vertidos por el trabajador, analizados a la luz de las reglas de la sana crítica, son insuficientes como para revertir la suerte del proceso: las normas legales vigentes imponen a la víctima, que pretende impugnar lo decidido por las Comisiones Médicas, realizar una crítica concreta y razonada de la resolución administrativa que el apelante considera equivocada (conf. art. 116 LO, acta 2669/18 CNTr) siendo ésta una condición imperativa para que su recurso procesal resulte viable." Además, respecto del hecho y la lesión: "a) existió fractura del dedo lesionado, b) la mano agredida no presente edema y su funcionalidad según el estudio clínico, fue normal, c) la única secuela detectada es una cicactriz de 3 centímetros ... que no resulta indemnizable según el baremo legal ... d) el actor no discute que volvió a sus tareas habituales y e) por la naturaleza del trauma relatado es imposible aceptar la presencia de incapacidad psíquica..." Voto de la Dra. Gabriela A. Vázquez (disidencia): sostuvo que "la decisión adoptada en grado debe revocarse" porque "la parte actora efectúa una crítica concreta y razonada ... y se requerían mayores pruebas para arribar a una solución adecuada." Añadió que "no debió definirse el pleito sin antes producirse la prueba pericial ofrecida, apta para ilustrar a la jurisdicción acerca de los cuestionamientos a la decisión administrativa." Citó la tutela judicial efectiva y doctrina de la CSJN sobre control judicial suficiente de decisiones administrativas. Adhesión parcial del Dr. Manuel P. Diez Selva al voto del Dr. Pose: "En lo que ha sido materia de disidencia, adhiero al voto del Dr. Pose."
- Nota sobre la decisión: la mayoría resolvió confirmar la sentencia de grado; la disidencia de la Dra. Vázquez proponía revocar y ordenar producción de prueba pericial, pero quedó en minoría.

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