LOBOS, MIGUEL ANGEL c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Trabajador demandó por reconocimiento de patología profesional (cervicobraquialgia) contra Prevención ART S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, desestimó el recurso de apelación y confirmó la denegatoria administrativa por entender que la dolencia no se acreditó como profesional y que las comisiones médicas administrativas son idóneas.
¿Quién es el actor?
LOBOS, MIGUEL ANGEL.
¿A quién se demanda?
PREVENCION ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso contra resolución administrativa que denegó el reconocimiento de una dolencia como patología profesional (cervicobraquialgia) y se solicitó la reparación correspondiente.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VI, desestimó el recurso interpuesto y decretó no hacer lugar al mismo, con expresa declaración de no imponer costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"El trabajador tacha de nulo y arbitrario el fallo de primera instancia que declaró desierto el recurso interpuesto contra la resolución administrativa que denegó padeciera una patología profesional por entender que se lo ha privado, tanto en sede administrativa como en sede judicial, de prueba vital tendiente a acreditar el carácter laboral de la dolencia que porta."
"El Superior, en la causa “Behrens c/Asociart SA” (sent. del 5/11/24, Fallos 347:1709, DT 2025-enero-189), puntualizó que las comisiones médicas que actúan en sede administrativa han sido creadas por ley formal y satisfacen las exigencia de independencia e imparcialidad, pues los profesionales de la salud que las integran se eligen por concurso público de oposición y antecedentes y el sistema incorpora resguardos del debido proceso que contribuye a la participación de las partes en el procedimiento y el trabajador cuenta con patrocinio letrado gratuito y obligatorio durante la instancia administrativa, consagrándose un mecanismo institucional de respuesta ágil, organizado con base en parámetros estandarizados que procura asegurar el acceso inmediato y automático a las prestaciones del seguro y que evita el costo y el tiempo del litigio, por lo que no puede dudarse de la idoneidad de los profesionales que integran comisiones para tipificar o no una dolencia como profesional en los términos del baremo legal, esto es el decreto 658/96 ante la ausencia y/o presencia de un agente de riesgo."
"Por otra parte, el actor ha iniciado numerosos expedientes tendientes a acreditar que padece dolencias vinculadas con el factor trabajo siendo la denunciada en autos una cervicobraquialgia, pero su solicitud es improcedente porque, como he señalado en causas similares, sus tareas son las de apuntador marítimo cuya labor es de tipo administrativo y de control de operatoria de descarga de buques y no implican la realización de tareas de esfuerzo que si deben ser desempeñadas por otro personal portuario (art. 99, ley 21.429, CNTr. Sala VI, sent. del 11/2/25, expte. 46.131/24, “Lobos c/Prevención ART SA”) y, por otra parte, estamos ante una persona de 63 años -nació en febrero de 1.962
- cuyo aparato columnario sufre, necesariamente, los efectos negativos del envejecimiento vegetativo que degrada el órgano de sostén."
- Votos relevantes: El Dr. Carlos Pose sostuvo los fundamentos transcritos y propuso desestimar el recurso; la Dra. Graciela L. Craig adhirió a la solución propuesta por el Dr. Pose. No hubo disidencia.
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