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CALLE QUISPE, VIDAL ARNALDO c/ IBERARGEN S.A. Y OTRO s/DESPIDO

Reclamó el actor diferencias salariales y rubros indemnizatorios por despido. La Cámara revocó la sentencia de grado y hizo lugar a la demanda contra Iberargen S.A., condenándola a pagar $112.439,26 más accesorios, con costas y honorarios según se indicó.

Despido Diferencias salariales Cct 892/07 Actualizacion ipc Interes 3% anual Art. 45 ley 25.345 Costas Honorarios Art. 31 lct (responsabilidad del grupo economico) Revocatoria


¿Quién es el actor?

Calle Quispe Vidal Arnaldo.

¿A quién se demanda?

Iberargen S.A. (codemandada mencionada: Codere S.A.).
- Objeto de la demanda: reclamo por despido y diferencias salariales (encuadramiento convencional y rubros laborales vencidos: días trabajados, SAC proporcional, vacaciones proporcionales, multa del art. 45 Ley 25.345, etc.).

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de grado y, en consecuencia, hizo lugar a la demanda contra Iberargen S.A., condenándola a abonar al actor la suma de $112.439,26 dentro de los cinco días de notificada la liquidación del art. 132 LO, suma a la que se aditarán los accesorios indicados por la Sala; costas y honorarios en ambas instancias conforme lo fijado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos más relevantes): "V. En función de las modificaciones que he sugerido adoptar en cada uno de los considerandos pertinentes, cabe fijar el monto de condena en la suma de $112.439,26, que llevará intereses desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el INDEC con más un interés puro del 3% anual." "En abono de esta solución recuerdo que el art. 84 del DNU 70/2023 (B.O. del 21/12/2023), ha propiciado la modificación del art. 276 de la LCT en el sentido de que 'los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados y/o repotenciados y/o devengarán intereses', con la aclaración de que 'la suma que resulte de dicha actualización y/o repotenciación y/o aplicación de intereses en ningún caso podrá ser superior a la que resulte de calcular el capital histórico actualizado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) con más una tasa de interés pura del 3% anual'." "VIII. En definitiva, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Revocar la sentencia de grado y consecuentemente hacer lugar a la demanda, condenando a Iberargen SA a abonar al actor Calle Quispe Vidal Arnaldo, dentro de los cinco días de quedar notificada la liquidación del art. 132 LO y mediante depósito en autos, la suma de $112.439,26 cifra a la que se aditarán los accesorios indicados en el considerando V del presente voto. 2) Costas y honorarios en ambas instancias conforme lo indicado en el considerando VII."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; ambos vocales (Guisado y Pinto Varela) adhieren y el acuerdo recae por mayoría conjunta.

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