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PAREDES CANTERO, VICTOR HUGO c/ ORESTE DURANTE S.A. s/DESPIDO

Despido laboral por parte del actor contra Oreste Durante S.A.; la Cámara confirmó la sentencia apelada que admitió la excepción de incompetencia y ratificó la distribución de costas en el orden causado.

Despido Excepcion de incompetencia Costas Honorarios Camara nacional de apelaciones Derecho del trabajo Notificacion Competencia S.d. 61.870 Confirmacion


¿Quién es el actor?

Paredes Cantero, Víctor Hugo.

¿A quién se demanda?

Oreste Durante S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (acción laboral).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia en todo aquello que fue materia de recurso y ordenó imponer las costas de la alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (texto literal relevante extractado del fallo): "La demandada apela la sentencia de primera instancia del 29 de abril que admitió la excepción de incompetencia, e impuso las costas en el orden causado. A su vez, el actor cuestiona por elevados los honorarios regulados en el auto del 8 de mayo." "En efecto, esta Sala tiene dicho que ni de las normas ni de los principios que informan al Derecho del Trabajo se puede inferir que la exención de costas al vencido proceda únicamente cuando la razonabilidad de su decisión de litigar se relacione con una pugna de interpretaciones opuestas en cuanto a normas jurídicas positivas. Dicha posibilidad se extiende también a los casos en que se tratan problemas dudosos de hecho y prueba (S.D. 61.870 del 29/09/88, “Acevedo, Marta Elba c/ Compañía Industrial de Bolsas S.A. s/ Accidente”)." "Esto último se verifica en la especie, pues el hecho de que la demandada tenga una oficina en esta Ciudad, donde se logró notificar el traslado de la demanda, pudo llevar al trabajador a considerarse con derecho a deducir su demanda en este Fuero." "En razón de la forma en que han sido impuestas las costas, el recurrente carece de interés para cuestionar los estipendios fijados a favor de la representación letrada de la contraria." "En atención al monto reclamado y el mérito e importancia de los trabajos realizados, los emolumentos regulados a la representación letrada del actor no lucen excesivos, por lo que sugiero confirmarlos." "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido motivo de recurso. 2) Imponer las costas de la alzada en el orden causado."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.

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