BALLARINO, AMBROSIO FRANCISCO c/ RODRIGUEZ, JUAN DE DIOS Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido solicitando reconocimiento de relación laboral y perjuicios indemnizatorios. La Cámara hizo lugar parcialmente a la apelación de las demandadas, modificó la condena fijando $12.480.482,48 con los intereses señalados y revocó la responsabilidad de Juan De Dios Rodríguez (padre), limitando la de los otros codemandados y regulando costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Ambrosio Francisco Ballarino.
- Demandados: Juan De Dios Rodríguez (padre), Daniel Hugo Rodríguez, Juan De Dios Rodríguez (hijo) y ENVASES DEL PLATA S.A., entre otros.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de relación laboral por despido y condenas indemnizatorias por extinción del vínculo; liquidaciones y accesorios.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al planteo articulado por las demandadas y se modificó la sentencia de grado, difiriendo a condena la suma de $12.480.482,48 con más los intereses dispuestos en el considerando IX del voto del Dr. Catani; se revocó el decisorio respecto de Juan De Dios Rodríguez (padre) imponiéndose las costas por su orden; se limitó la responsabilidad de Daniel Hugo Rodríguez y Juan De Dios Rodríguez (hijo) en la proporción indicada; se impusieron las restantes costas por ambas instancias a cargo de las demandadas vencidas; y se reguló el honorario de alzada en el 30% de lo que en definitiva les corresponda percibir por su actuación en la anterior instancia. (Texto conforme a la parte resolutiva transcripta.)
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
1) "Así, el monto diferido a condena asciende a la cantidad de $12.480.482,48.-" (Considerando VII, voto Dr. Catani).
2) "Distinta solución propongo sobre el codemandado Juan de Dios RODRÍGUEZ (padre), cuya imputación de responsabilidad no encuentro acreditada. Reitero, sobre el punto, que la prueba testifical rendida en autos no resulta suficiente para tener por acreditado tal extremo... propongo revocar la responsabilidad que se le imputa y revocar la sentencia en lo que a él respecta." (Considerando VIII, voto Dr. Catani).
3) "Para la actualización ordenada, juzgo adecuado utilizar el índice de precios al consumidor (nivel general) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos... Además de la actualización del monto de condena, se debe establecer un interés que compense al acreedor por la privación del uso del capital. Ese interés se aplicará sobre un capital actualizado, por lo que corresponde utilizar una tasa pura, que juzgo adecuado establecer en el 3% anual." (Considerando IX, voto Dr. Catani).
- Disidencia relevante: La Dra. María Cecilia Hockl adhirió a la solución principal pero disintió en la propuesta relativa a los acrecidos (intereses/adecuación), proponiendo en cambio actualizar por índice RIPTE más una tasa pura del 6% anual, con límites de reducción si resultara desproporcionado. Esa postura fue consignada como disidencia sobre el punto de los accesorios, pero la solución acordada siguió lo propuesto en el considerando IX del Dr. Catani.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: