Logo

AREVALOS GOMEZ, SERGIO EMIR ANDRES c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó a Provincia ART S.A. reclamando indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de grado que fijó una incapacidad física del 5,90% y condenó a Provincia ART S.A., imponiendo además las costas de alzada y regulando honorarios al 30% de lo percibido en la instancia anterior.

Trabajo Accidente de trabajo Incapacidad fisica Peritaje medico Art. 116 lo Costas de alzada Honorarios 30% Provincia art s.a. Confirmacion de sentencia Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Arévalos Gómez, Sergio Emir Andrés (demandante/trabajador).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 06/12/2021, por el cual el trabajador adujo lesiones (dolor en cuello y cintura, mareos, náuseas y estado de inmovilización) al levantar y soltar un perfil pesado mientras trabajaba como herrero para Sach SA.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada que, en primera instancia, reconoció una incapacidad física del 5,90% relacionada causalmente con el accidente laboral y condenó a Provincia ART S.A. al pago de $357.144,08 más intereses; se impusieron las costas de alzada a la demandada y se regularon los honorarios de la instancia en el 30% de lo fijado en la anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos relevantes): "III.
- No prospera el agravio planteado por el recurrente por medio del cual cuestiona el porcentaje de incapacidad física establecido en grado, aduciendo en lo esencial, que presenta más incapacidad que la determinada. Juzgo que el recurso no satisface los recaudos establecidos en el artículo 116 de la LO. Obsérvese que sólo se limita a manifestar una mera disconformidad con lo decidido por el magistrado de grado sin exponer argumentos que rebaten concretamente lo evaluado y diagnosticado en el peritaje médico, la valoración jurídica realizada por el juez interviniente y las preexistencias que tuvo en consideración a los efectos de aplicar el método de la capacidad restante, lo que impacta directamente en la reducción proporcional de la incapacidad funcional del trabajador. En consecuencia, considero que corresponde declarar desierto el recurso y confirmar la sentencia apelada en todo cuanto decide." "IV.
- Respecto de la regulación de los honorarios de esta instancia, habida cuenta del mérito y extensión de la labor desarrollada por los/as letrados/as intervinientes, sugiero establecer sus honorarios en el 30% de lo que les ha sido fijado como retribución por sus tareas en la instancia anterior (art. 30 de la ley 27.423). Las costas de alzada deberán ser impuestas a la demandada debido a que la parte actora pudo creerse con derecho a reclamar en el sentido expuesto (artículo 68, segundo párrafo, CPCCN)."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; ambos jueces (Hockl y Catani) acordaron y la Dra. Hockl produjo el voto que fue adherido por el Dr. Catani.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar