CENTURION ARCE, ROLANDO IVAN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó trabajador contra GALENO ART S.A. por incapacidad derivada de accidente laboral del 18/04/2023. El Juzgado admitió la apelación, revocó el dictamen de la Comisión Médica Nº10 y reconoció una incapacidad del 21,90% fijando la indemnización en $6.940.264,39 más intereses, con costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
CENTURION ARCE, ROLANDO IVAN.
¿A quién se demanda?
GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (GALENO ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Recurso de apelación contra el dictamen de la Comisión Médica Nº010 que negó incapacidad por accidente laboral del 18/04/2023; se reclamaba reconocimiento de incapacidad y liquidación indemnizatoria conforme Ley 24.557 y Ley 27.348.
¿Qué se resolvió?
Se admitió el recurso de apelación, se revocó lo resuelto por la Comisión Médica Nº10 y se estableció que el actor padece una incapacidad del 21.90% de la T.O.; se condenó a la aseguradora a pagar $6.940.264,39 dentro del quinto día de quedar firme la liquidación, con más los intereses fijados en el considerando, y se impusieron las costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) Conclusión del perito médico: “… limitación movilidad pasiva, hipotono, hipotrofia (con RMN rodilla izquierda lesión estructural meniscal) rodilla izquierda… 9.00% Subtotal… 19.00% Fact de ponderación dificultad tareas habituales intermedia 10%... 1.90% “ “ “ edad 0-3%... 1.00% Total… 21.90%”. En ese marco, concluye el facultativo que el actor presenta una incapacidad psicofísica que asciende a un total de 21.90% de la T.O., según lo establecido en el Baremo de la LRT.
2) Valoración del peritaje: “Para que el Juez de la causa se aparte de los dictámenes periciales, es indispensable acercar al pleito elementos de juicio suficientes que permitan concluir de una manera fehaciente la existencia de error o el inadecuado uso que hubiesen hecho los expertos de los conocimientos científicos que por su profesión, arte o título habilitante se los supone dotados...”, C.N.A.T., Sala IX, 29 de octubre de 2004, “Mamani Lupati, Carlos c/ TEL 3 S.A. y otro s/ accidente”. Nótese que el perito ha explicado en forma clara y detallada cómo arribó a sus conclusiones, a los diagnósticos y el porcentaje de incapacidad por cada una de las secuelas detectadas, habiéndose ajustado para ello al Baremo de la Ley 24.557 (v. aclaraciones de fecha 22/05/2025 y 30/05/2025).
3) Decisión dispositiva (extracto): “Admitir el recurso de apelación interpuesto y revocar lo resuelto por la Comisión Médica Nº10 y establecer que el actor resulta portador producto del siniestro denunciado de una incapacidad del 21.90% de la T.O.; ... Condenar a GALENO ... a abonarle ... la suma de PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($6.940.264,39) con más los intereses fijados en el considerando respectivo. ... Imponer las costas a la parte demandada vencida (art. 68 C.P.C.C.N.).”
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el pronunciamiento.
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