SPOTO, CHRISTIAN GABRIEL c/ PROVINCIA ART S.A. -1- s/RECURSO LEY 27348
Reclamación por secuelas de accidente laboral contra Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda por ausencia de prueba médica de incapacidad y ordenó costas y honorarios de alzada a cargo del actor.
¿Quién es el actor?
Spoto, Christian Gabriel (actor trabajador).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reparación de secuelas/incapacidad derivada de un accidente (acción laboral, prueba pericial médica).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso y agravios, y ordenó costas y honorarios en la Alzada conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"II) El Sr. Juez “a quo” rechazó la pretensión inicial del accionante. Para así resolver, destacó que no se encontraba probado en autos que el actor padeciera incapacidad laborativa como consecuencia del infortunio en autos, pues el 11/04/2024 se tuvo al demandante por renuente de la producción de la prueba pericial médica, ante la incomparecencia a la realización de los estudios complementarios. ... Entonces, dado que en la causa no existe prueba alguna de la incapacidad que el demandante afirma que padece, como así tampoco de que el accidente hubiera ocurrido como el actor dice que ocurrió, y dado que es deber del sentenciante valorar la verdad objetiva puesta bajo su conocimiento y que es esa realidad la que tiene relación con la existencia de la verdad, no resulta posible otra solución más que el rechazo de la demanda interpuesta..."
"Nada de ello, en verdad, fue debidamente refutado en los términos de la norma adjetiva mencionada (art. 116 LO). ... Repárese en que el recurrente manifiesta en su escueto memorial recursivo que '...se ha dejado al actor (que reclama la reparación de las secuelas sufridas a raíz del accidente denunciado) sin la prueba más importante de todas (la pericial médica), lo que deriva en una clara violación al debido proceso...' pero en ningún tramo de su apelación efectúa consideraciones tendientes a poner de resalto el error del magistrado, lo que basta para sellar la suerte adversa del planteo."
"III) Las costas en la Alzada, sugiero imponerlas a cargo del actor vencido (art. 68 CPCC) y con arreglo a lo establecido en el art. 38 L.O. y art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de las representaciones letradas de las partes, por sus labores en esta etapa en el 30% de lo que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; el Dr. Díez Selva adhirió al voto que antecede.
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