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LOPEZ, EMILIANO HERNAN c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El accionante demandó a Asociart ART S.A. por accidente de trabajo y reclamo indemnizatorio bajo la Ley 27.348. La Cámara modificó la sentencia y elevó el monto de condena a $25.559.450,5, dispuso la forma de devengamiento de intereses conforme al considerando IV y confirmó costas y honorarios conforme al considerando V.

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¿Quién es el actor?

López Emiliano Hernán.

¿A quién se demanda?

Asociart ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo indemnizatorio por accidente de trabajo / incapacidad (recurso en autos caratulados “LOPEZ EMILIANO HERNAN C/ ASOCIART ART S.A. S/ RECURSO LEY 27348”).

¿Qué se resolvió?

La Cámara de Apelaciones modificó la sentencia apelada y elevó el monto de condena a $25.559.450,5; ordenó que los intereses se devenguen conforme al considerando IV; y determinó las costas y honorarios de ambas instancias conforme al considerando V.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "III) Ahora bien, en función del resultado que sugerí, así como los restantes extremos que arriban firmes a esta etapa, corresponde modificar el monto de condena y elevarlo a la suma de $25.559.450,5 calculado de conformidad con las pautas del art. 14.2.a) LRT (53 x $386.421,30 x 38,4% x 65/24 = $21.299.542,1), suma que excede el tope mínimo establecido en la Res. SRT Nº SRT 39/2023 ($18.059.225 x 38,4% = $6.934.742,4). A ello se le ha agregado el 20% dispuesto en el art. 3 de la ley 26.773 ($4.259.908,42), lo que así dejo propuesto." "IV) La ART critica la tasa de interés dispuesta en grado. En primer lugar, cabe recordar que la sentenciante de grado dispuso '… actualizar el crédito de capital de condena mediante aplicación del índice de precios al consumidor nivel general publicado por el INDEC (IPC), con más una tasa de interés pura del 3% anual, ambos desde el origen del crédito y hasta su efectivo pago.…'. ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación a practicarse en la etapa del art. 132 de la L.O mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ..." "V) Si bien el resultado que propicio implica una modificación de la sentencia atacada, circunstancia que, de conformidad con lo dispuesto en el 279 CPCCN, conduce a reexaminar las costas y honorarios allí determinados –tornándose abstractos los planteos al respecto-, considero que en el caso no se justifica la modificación de lo decidido por la sentenciante de grado en torno de la imposición de las costas, razón por la cual impulso su ratificación. ... los honorarios regulados a la representación letrada de la parte actora resultan reducidos, por lo que propongo elevarlos al 18% del monto total de condena (capital más intereses). Por último, los estipendios reconocidos a la perita médica lucen excesivos, por lo que sugiero reducirlos al 7% del monto total de condena (capital más intereses)."
- Votos: Los Dres. Silvia E. Pinto Varela y Héctor C. Guisado votaron por la modificación y las resoluciones consignadas; no consta disidencia.

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