HERRERA, MARCELO DOMINGO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó indemnización por enfermedad profesional derivada de tareas de construcción y esfuerzo físico. El Juzgado revocó el dictamen de la Comisión Médica, fijó la incapacidad en 14,1% de la T.O. y condenó a Provincia ART S.A. a pagar $1.031.298,14 más intereses.
¿Quién es el actor?
Marcelo Domingo Herrera.
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART S.A.).
- Objeto de la demanda: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica N°10 que calificó como inculpable la enfermedad denunciada; reclamo de prestaciones por enfermedad profesional manifestada el 01/10/2021.
¿Qué se resolvió?
Se revocó la decisión administrativa de la Comisión Médica N°10; se fijó la incapacidad del actor en el 14,1% de la T.O. por la enfermedad profesional que se manifestó el 01/10/2021 y se condenó a Provincia ART S.A. a abonarle la suma de $1.031.298,14 (capital), más los intereses legales desde la fecha de toma de conocimiento (01/10/2021). Se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios (16% actora; 14% demandada; 7% perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas relevantes):
Del informe pericial: "del informe presentado el 06 de febrero de 2025 por el perito médico designado surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que el actor presenta, como consecuencia de las tareas que realizó, lumbalgia con movilidad alterada que lo incapacita en el 6% de la TO. A nivel psíquico informó que el peritado presenta un cuadro compatible con una reacción vivencial anormal neurótica de grado I-II con predominio depresivos que lo incapacita en el 5% de la TO. A su turno valuó los factores de ponderación en el 10% por dificultad leve para realizar tareas habituales y en el 2% por la edad del damnificado."
Cálculo de la incapacidad: "fijo la incapacidad de la que es portador Marcelo Domingo HERRERA, en el orden del 14,1% de la T.O., con inclusión de los factores de ponderación que valuó el perito (10% por dificultad para realizar tareas habituales y 2% por la edad). ... el primero de los referidos factores de ponderación (la dificultad para realizar tareas) debe ser calculado según su incidencia en la incapacidad total constatada (6% + 5% = 11%) es decir que debe calcularse de la siguiente manera: 12 x 10 / 100 = 1,1%, conforme lo establece el decreto Nro. 659/96 ... en tanto que el factor edad debe sumarse en forma directa ... por lo que ... la incapacidad total a considerar equivale al 14,1% de la t.o. (11% + 1,1% + 2%)."
Prueba testimonial y relación causal: "En este sentido, el testigo Claudio CEJAS ... afirmó que '…el actor hacia trabajo de herrería, albañilería y carga y descarga de materiales, esto lo hacía de manera manual, que el actor no usaba elementos de seguridad... Que las bolsas pesaban unos 50 kilos...'." Y: "el testigo Kevin Alfredo CASTILLO ... sostuvo que '…el actor hacia trabajos de herrería... levantaban fierros ya que los tenían que levantar de la planta baja al piso siete, ocho, nueve y diez... que no les daban elementos de seguridad...'." Sobre la determinación de causalidad el tribunal cita y recuerda: "el establecimiento de la relación causal y/o concausal entre las tareas y el padecimiento por el que acciona, constituye una facultad del juez que decide, en cada caso, la determinación de dicho aspecto..." (cita de precedentes).
Motivación sobre valor probatorio: el tribunal otorgó "eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales" al dictamen pericial y consideró las impugnaciones de la ART como "meras objeciones fundadas en disconformidad" que fueron respondidas por el perito; los testimonios fueron tildados de "serios, objetivos, concordantes entre sí y con lo denunciado por el actor" y aptos para acreditar tiempo, modo y lugar.
(Se aclara que las citas precedentes y las transcripciones anteriores reproducen textualmente pasajes del pronunciamiento.)
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