RODRIGUEZ CALCAÑO, CRUSELENY c/ CAI, CHANGGAN s/DESPIDO
La actora demandó por despido y reconocimiento de vínculo laboral frente a CAI CHANGGAN. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, impuso las costas a la demandada vencida y confirmó y reguló honorarios en el 30% por la labor en esta instancia.
¿Quién es el actor?
RODRÍGUEZ CALCAÑO, CRUSELENY.
¿A quién se demanda?
CAI CHANGGAN.
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido y reconocimiento de relación de dependencia / prestaciones laborales por la relación de trabajo denunciada.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia recurrida en todo cuanto fuera objeto de apelación y agravios; se impusieron las costas de la alzada a cargo de la demandada vencida; se confirmaron los honorarios fijados en grado y se regularon los de los letrados de las partes por su tarea en esta instancia en el 30% de lo correspondiente por su actuación en la anterior (art. 30 ley 27.423).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En razón de las consideraciones expuestas, en mi opinión, el recurso dista de ser una crítica concreta y razonada del fallo de grado, pues no cumple acabadamente los recaudos exigidos por el art. 116 de la L.O., toda vez que no indica punto por punto la existencia de errores de hecho o de derecho en que pudiera haber incurrido el juzgador, con la individualización de las pruebas y de las normas jurídicas que el recurrente estime le asisten. De tal modo, la queja sólo consiste en una mera discrepancia con lo resuelto, que no justifica su modificación."
"Reitero, la expresión de agravios debe constituir una exposición jurídica que contenga un análisis serio, razonado, y crítico de la sentencia recurrida, que exprese argumentos en los que se sustenta la solución adoptada en el decisorio de grado, e invoque aquella prueba cuya valoración considere desacertada o ponga de manifiesto una incorrecta interpretación del derecho aplicable a la controversia (art. 116 L.O.). Sin embargo, tales extremos no se advierten satisfechos con las simples alegaciones contenidas en el escrito que se analiza, las que solo revelan una posición en discrepancia al resultado del litigio."
"En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia recurrida en todo cuanto fuera objeto de apelación y agravios. 2) Imponer las costas de la alzada a cargo de la demandada vencida (art. 68 CPCCN). 3) Confirmar los honorarios fijados en grado, y regular los de los letrados de las partes, por su labor en esta instancia, en el 30 % de aquello que les corresponda por su actuación en la anterior (art. 30 ley 27.423)."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Díez Selva y Guisado) adhirieron al mismo resultado.
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