TOLOSA, RUBEN ALFREDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por incapacidad derivada de un accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia apelada, rechazó los agravios respecto de la ausencia de incapacidad y mantuvo la distribución de costas de Alzada.
¿Quién es el actor?
Tolosa, Rubén Alfredo.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (Provincia ART).
- Objeto de la demanda: impugnación del dictamen de la Comisión Médica/servicio de homologación por la supuesta existencia de incapacidad derivada de un accidente ocurrido el 28/03/2024 (recurso en los términos de la Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto a las cuestiones objeto de recurso y agravios y ordenó imponer las costas de Alzada en el orden causado, atento a las particularidades del asunto (art. 68, 2ª parte, CPCCN).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
- "Vienen las presentes actuaciones a esta Alzada a propósito de los agravios que, contra la sentencia que confirmó la resolución del Servicio de Homologación de la Comisión Médica N° 10 -que, en su parte pertinente, determinó la ausencia de incapacidad con motivo de la contingencia sufrida por el actor el 28/03/2024
- deducen las partes actora y demandada..."
- Sobre la carga de la impugnación recursiva: "las restantes manifestaciones que esboza el apelante carecen de la exigencia adjetiva establecida en el art. 116 de la L.O. para rebatir lo resuelto en grado... el accionante se limita a sostener que la presentación recursiva deducida en la instancia anterior cumpliría con los recaudos establecidos en el precepto legal mencionado, sin indicar concretamente cuáles habrían sido los cuestionamientos puntuales."
- Sobre la prueba y oportunidad procesal: "…se dio por concluida la etapa probatoria y se procedió a notificar a las partes que podrían tomar vista de las actuaciones por TRES (3) días... En dicha oportunidad el trabajador no objetó los estudios realizados o tenidos a la vista ni el examen físico efectuado tornándose su cuestionamiento posterior tardío ..."
- Sobre la valoración del dictamen médico: "considero que la evaluación realizada al actor ha contado con elementos suficientes para arribar a la conclusión que se dictamina, pues se han llevado a cabo la evaluación física y examinado la historia clínica correspondiente, sin aportarse elementos que permitan apartarse de la conclusión, pues el dictamen es fundado, y acorde a las constancias y a los estudios de diagnóstico efectuados al trabajador …"
- Conclusión del voto preopinante: "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia apelada en cuanto a las cuestiones que fueron objeto de recurso y agravios. 2) Imponer las costas de Alzada en el orden causado, atento a las particularidades del asunto (art. 68, 2º parte, CPCCN)."
- Adhesión del otro vocal (decisión de Cámara): "Por análogos fundamentos, adhiero al voto que antecede."
- Disidencia: no consta voto en disidencia; la decisión fue unánime en el acuerdo.
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