SOSA ANGEL ROBERTO NAZARENO c/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO Y OTRO s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió acción civil por accidente de trabajo contra su ex empleadora y la aseguradora de riesgos del trabajo. La Cámara modificó la sentencia y condenó solidariamente a ambas demandadas a pagar $4.750.000 más intereses y ajuste desde el 7/9/2022, impuso costas y reguló honorarios de alzada en el 30%.
¿Quién es el actor?
Ángel Roberto Nazareno Sosa.
- Demandadas: Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo y la ex empleadora (no se detalla razón social en la parte transcrita).
- Objeto de la demanda: acción civil por accidente/daño psicofísico derivado del trabajo; reclamo de reparación civil por incapacidad y daños.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado, elevó el monto de condena y condenó solidariamente a ambas demandadas a abonar al actor la suma de $4.750.000 más los intereses fijados en primera instancia y el ajuste dispuesto en los considerandos de este voto desde el 7 de septiembre de 2022; impuso las costas de ambas instancias solidariamente a las demandadas; confirmó los honorarios y reguló los de alzada en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia previa.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes):
"…la incapacidad psicofísica atribuible a los factores laborales sería del orden del 15% de la T.O. (10 física mas 5 psicológica)."
"…propongo modificar este aspecto de la sentencia disponiendo la condena solidaria de ambas demandadas en los términos previstos en los arts. 1081 y 1109 del Código Civil Ley 340, aplicable a los hechos aquí debatidos."
"…sugiero reconocer al accionante la suma de $ 4.750.000 compresiva del daño material y moral, mas los intereses fijados en la resolución recurrida hasta el 7 de septiembre de 2022… y que a partir de allí el capital sea actualizado mediante el índice de Precios al Consumidor elaborado por el INDEC mas un 3% de interés puro anual."
"…esta Sala, por mayoría que también integro en este caso con la Dra. Cañal, considera que frente a la inexistencia de una tasa de interés bancaria que, aplicada en forma lineal … resulte suficiente para compensar el deterioro de los créditos… no se observa otra alternativa posible… que declarar la inconstitucionalidad del art 7mo de la ley 23.928…"
"Las costas de ambas instancias serán impuestas solidariamente a las demandadas."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. Cañal adhiere al voto del Dr. Perugini y el acuerdo quedó plasmado en la parte resolutiva transcripta.
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