GARCIA, CARLOS ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por accidente de trabajo contra Provincia ART S.A. reclamando actualización del crédito e intereses. La Cámara modificó la sentencia: ordenó actualizar el capital por RIPTE hasta la liquidación y aplicar interés equivalente a la tasa activa del Banco Nación desde la mora, dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios y los reguló en ambas instancias, imponiendo costas de la alzada a la accionada.
¿Quién es el actor?
García, Carlos Alberto (actor recurrente).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Demanda por accidente de trabajo; discusión sobre la forma de actualización del crédito indemnizatorio e intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada en cuanto a la adecuación del crédito conforme al considerando II (actualización del capital mediante índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación; en caso de mora, aplicación de un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, acumulándose los intereses al capital semestralmente), dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios y los reguló en las dos instancias conforme al considerando III, y fijó las costas de la alzada según lo dispuesto en el considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcripto):
1) “Dicho importe devengará desde la fecha del accidente (01/11/2021) los intereses equivalentes al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta su efectivo pago”.
2) “En consecuencia y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante -dado que la mora se produce solo frente al incumplimiento de la orden de pago una vez determinada la incapacidad-,... a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 12, inc. 3 de la ley 24.557); y c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039.”
3) “En atención al mérito e importancia de los trabajos realizados, los que comprenden tanto la instancia administrativa como judicial... propicio regular los honorarios de primera instancia ... en $2.046.228,80 (30,80 UMA), $1.886.782,40 (28,40 UMA) y $656.387,68 (9,88 UMA), respectivamente... Asimismo, sugiero imponer las costas de la alzada a la accionada... y fijar los honorarios... en el 30% ... por la etapa recursiva.”
- Votos en disidencia: No consta voto disidente; ambos jueces adhieren al mismo resultado.
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