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VELIZ, JESICA VANESA c/ HSBC BANK ARGENTINA S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora demandó por accidente de trabajo y reclamó indemnización en el marco de la Ley de Riesgos del Trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y ordenó costas y honorarios de alzada conforme al considerando VI.

Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Nexo causal Prueba testimonial Peritaje medico Costas Honorarios de alzada Confirmacion Rechazo de la demanda Sala iv


¿Quién es el actor?

Jesica Vanesa Veliz (actora).

¿A quién se demanda?

HSBC Bank Argentina S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente/afecciones de origen laboral bajo la Ley Especial (Ley de Riesgos del Trabajo), con pedido de reparación.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recursos y agravios; se impusieron costas y honorarios de alzada conforme al considerando VI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "Así las cosas, observo que en el expediente declaró una persona propuesta por la trabajadora, y refirió que: '...Conoce a la actora A las demandadas las conoce de nombre… Conoce a la actora porque es su vecino. Conoce a la actora porque vivió casi toda la vida al lado de la casa de la actora, hasta que la actora se mudó, hace unos seis o siete años. Dice que la última vez que vio a la actora, ella trabajaba para el dicho Banco y lo sabe porque el testigo le compró un seguro de vida que la actora le ofreció. No recuerda la fecha ... El testigo veía a la actora de vez en cuando ... la actora le pidió asistencia para que la ayude a subir el bolso, porque era bastante pesado y venía caminando media torcida y muy mareada. No sabe de qué eran las carpetas que llevaba la actora.' ... Desestimaré la declaración testimonial traída a juicio por la actora como medio idóneo de acreditación (cfr. art. 90 L.O. y 386 C.P.C.C.N)." 2) "Por otro lado, lo expresado en el peritaje médico producido en autos no basta para controvertir lo decidido en origen toda vez que el experto se ha limitado a dictaminar las dolencias que padece la trabajadora y a conjeturar su posible relación con los hechos invocados por ella. Si bien ... el informe pericial médico da cuenta de la existencia de una incapacidad psicofísica, ello por sí solo no resulta suficiente para tener por acreditada la vinculación jurídica entre el supuesto infortunio y las minusvalías detectadas por el experto en autos, cuya descripción del hecho en el informe provienen del relato de la demandante." 3) "En conclusión, tal como lo sostiene el Juez de grado ninguna prueba fue instada por la demandante tendiente a demostrar la denuncia del hecho o que las tareas desarrolladas hubieran sido realizadas en las condiciones que menciona al demandar, por lo que, no acreditados los hechos que habrían generado el cuadro psicofísico detectado, se torna inviable el reclamo impetrado."
- Sobre costas y honorarios: el Tribunal resolvió imponer costas y fijar honorarios de alzada conforme al considerando VI, que propuso imponer las costas en el orden causado y fijar los honorarios por la instancia recursiva en el 30% de lo que corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior.
- Votos: El Dr. Héctor C. Guisado votó por confirmar la sentencia de grado y por costas y honorarios de alzada conforme considerando VI; el Dr. Manuel P. Díez Selva adhirió al voto que antecede. No consta disidencia.

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