BENITEZ, LEONARDO GABRIEL c/ GESTION LABORAL S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido y responsabilidad solidaria de varias empresas por tercerización. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y sostuvo que no se acreditó la relación laboral con INC S.A., imponiendo costas y honorarios de alzada.
¿Quién es el actor?
Benítez, Leonardo Gabriel.
- Demandados: Gestión Laboral S.A.; Gestión Logística y Distribución S.A.; INC S.A. (y otros).
- Objeto de la demanda: Reclamó reconocimiento de relación laboral y condena solidaria de las empresas usuarias por despido y rubros salariales (diferencias por categoría, horas extras, días feriados y francos, premios según CCT 40/89), y cuestionó la registración mediante agencia de servicios eventuales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en todo aquello que fue materia de recurso y agravios; impuso costas y honorarios de alzada conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes):
"Analizados los escritos constitutivos de la litis y la prueba producida en la causa, adelanto que, en mi opinión, no le asiste razón a la recurrente."
"La absoluta ausencia probatoria que se observa en la causa sobre el presupuesto indicado impide viabilizar la acción en el estricto y escueto marco del agravio impetrado, pues no se probó la existencia del contrato de trabajo alegado con Inc S.A., desvirtuándose así la solidaridad pretendida con las restantes accionadas..."
"Por lo demás, no soslayo el argumento de la apelante, en cuanto sostiene que, al valorar las probanzas de autos, el juzgador se apartó de la directriz que consagra el art. 9 LCT... sin embargo, la modificación introducida por el art. 9 LCT ... no modifica la opinión que expongo, puesto que no debe confundirse la duda -que debe ser insalvable
- en la valoración de los elementos de prueba colectados con la ausencia de prueba..."
Además, respecto de costas y honorarios: "En atención a la imposición de costas por la acción que prospera parcialmente a cargo de la demandada, la queja vertida sobre este aspecto por la parte actora carece de asidero... De acuerdo a la solución que se propone en este voto, sugiero imponer las costas de alzada en el orden causado... considero que la regulación de honorarios se ajusta a derecho... A su vez, cabe fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en la alzada en el 30% de aquello que les corresponda percibir por su actuación en origen (cfr. art. 30 ley 27.423)."
- Votos y disidencia: Ambos votos (Dr. Manuel P. Díez Selva y Dra. Silvia E. Pinto Varela) adhieren a la confirmación; no consta disidencia.
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