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RUIZ, LEONARDO ISMAEL c/ ART LIDERAR S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó indemnización por enfermedad profesional y discapacidad derivada de tareas de mantenimiento y envasado. El Juzgado hizo lugar a la demanda contra EXPERTA ART, condenándola a pagar $122.096,47 más actualización e intereses, y rechazó la demanda contra LIDERAR ART por falta de cobertura.

Enfermedad profesional Incapacidad permanente parcial Art Causalidad laboral Prescripcion Actualizacion ripte Intereses 6% anual Costas Falta de afiliacion Prueba pericial

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: RUIZ, LEONARDO ISMAEL. Demandado: ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO LIDERAR S.A. y EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (codemandadas). Objeto: reparación por enfermedad profesional e incapacidad permanente parcial vinculado a tareas de mantenimiento y envasado (afecciones en columna lumbar y cervical, manos, audición, visión, y estrés laboral). Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra EXPERTA ART y se la condenó a pagar $122.096,47 (a ser actualizado según RIPTE desde el cese laboral y con interés del 6% anual), con costas a su cargo; se rechazó la demanda contra LIDERAR ART por improcedente por falta de afiliación vigente al cese laboral; se regularon honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "la perito médica informó que el actor presenta disminución en la funcionalidad de su columna cervical y lumbar, con presencia de contractura muscular y dolor a la palpación (6% y 7%), sumado a la incidencia de los factores de ponderación (dificultad para realizar tareas habituales 5%, edad 2%) concluyó que padece un 13,91% de la T.O. No detectó padecimientos relativos a la audición, la visión, la piel ni la mano derecha." "En consecuencia, la incapacidad otorgada en el informe médico por limitación funcional de la columna lumbar guarda relación de causalidad con las tareas descriptas, por lo que considero acreditado que el trabajador padece una incapacidad física parcial y permanente del 7,49% de la T.O. (7% de incapacidad física x 7% de factores de ponderación) vinculable al trabajo." "Se desprende que el actor dejó de trabajar para LA SALAMANDRA S.A. el 12/6/2015, por lo tanto, el efecto nocivo de las tareas se extendió hasta la fecha del cese laboral, momento cierto en que se consolidó el daño ... la incapacidad determinada debe ser indemnizada por esta aseguradora." "Todo ello conduce a la descalificación constitucional de los arts. 21, 22 y 46 inc. 1ro. y de las normas pertinentes del dec. 717/96 y demás normas reglamentarias y complementarias." "Por ello, corresponde actualizar el crédito que se reconoce, desde su exigibilidad y hasta la fecha de practicarse la liquidación prevista en el art. 132 de la L.O. mediante el índice RIPTE ... se aplicará una tasa de interés del 6% anual por igual período."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia en el pronunciamiento.

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