HAMASAKI SCIOLLA, KARIN JACQUELINE c/ PREVENCION ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó a Prevención ART SA reclamando prestaciones dinerarias por accidente de trabajo y compensación por incapacidad. El Juzgado rechazó la demanda por inexistencia de legitimación pasiva de la aseguradora respecto del empleador en la fecha del siniestro, y reguló costas y honorarios.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: KARIN JACQUELINE HAMASAKI SCIOLLA.
Demandado: PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA.
Objeto: Prestaciones dinerarias derivadas de un accidente de trabajo ocurrido el 25/07/2016, indemnización por incapacidad (se estima 45% de TO) y continuidad de prestaciones médicas; se impugna la liquidación practicada en la demanda y se deduce inconstitucionalidad de normas del sistema de riesgos del trabajo.
Decisión: Se rechazó la demanda por falta de legitimación pasiva de PREVENCIÓN ART SA, por no ser la aseguradora del empleador al momento del siniestro ni en la fecha del reingreso invocada; se impusieron costas por su orden y comunes por mitades y se regularon honorarios (actora $250.000; letrado de Prevención $350.000; perito médica $200.000; perito contador $150.000).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"Pues bien, desde ya anticipo que el interrogante planteado merece respuesta negativa, puesto que, en mi opinión, las constancias de la causa conducen a la admisión de la defensa de falta de legitimación pasiva -no seguro
- opuesta por la aseguradora demandada en el punto III.A de su responde (fs. 26vta.) y que se sustenta, en lo principal, en la inexistencia de cobertura asegurativa con SANATORIO MODELO DE CACEROS SA."
"Digo esto porque, conforme surge de los hechos expuestos en el escrito de demanda y de la documental acompañada por el actor (ver Expte. administrativo en sobre de fs. 5), se extrae que al momento del siniestro reclamado la empleadora de la accionante tenía un contrato de seguro con ART Interacción SA. Asimismo, del informe brindado por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo (ver. informe del 02/08/2022), surge que Sanatorio Modelo de Caseros SA se encontró asegurada por ART Interacción SA desde el 01/02/2015 al 31/08/2016, con Provincia ART SA desde el 01/09/2016 al 30/06/2018 y, finalmente con Prevención ART SA desde el 01/07/2018 hasta la actualidad (fecha del informe)."
"Por lo que, siendo que las prestaciones otorgadas por la aquí demandada a la actora, fueron en representación de la Superintendencia de Seguros de la Nación y como administradora legal del Fondo de Reserva de la LRT, en mi óptica resulta claro que PREVENCIÓN ART SA no debe responder por el reclamo de autos."
- Respecto de los planteos de inconstitucionalidad y demás defensas: el tribunal los consideró inoficiosos dado el rechazo por falta de legitimación pasiva ("En atención a la forma en la que se resuelve el litigio, a mi juicio resulta inoficioso el tratamiento de los planteos de inconstitucionalidad articulados en la demanda, así como el de las excepciones y demás defensas opuestas por la demandada").
(No existen votos en disidencia en la sentencia analizada).
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