RODRIGUEZ, GONZALO NICOLAS c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor, Rodríguez Gonzalo Nicolás, apeló la sentencia que rechazó su demanda contra Provincia ART S.A. en autos promovidos bajo Ley 27.348. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia, pero modificó la regulación de honorarios elevándolos a $991.920, impuso costas por su orden y reguló los honorarios de esta sede en el 30% de lo percibido en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
RODRIGUEZ GONZALO NICOLAS.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo laboral promovido bajo Ley 27.348 (acción de fecha 23/9/2024; la sentencia de primera instancia rechazó la demanda).
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia únicamente en lo relativo a la regulación de honorarios de la representación letrada de la parte actora, elevándolos a $991.920 (equivalente a 16 UMA de $61.995 a la fecha de la sentencia de origen, 23/9/2024); confirmó en lo principal el decisorio de origen que fue materia de apelación; impuso las costas ocasionadas ante esta Sede por su orden; reguló por los trabajos efectuados ante esta Sede los honorarios de cada representación letrada en el 30% de lo que les corresponde percibir por los trabajos desarrollados en la instancia anterior; y ordenó que se haga saber a las partes y peritos la vigencia de Ley 26.685 y los acuerdos de la CSJN indicados.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del voto):
"La sentencia de primera instancia que rechazó la demanda de fecha 23 de Septiembre de 2024, ha sido apelada por la parte actora... El letrado de la parte actora, por su propio derecho, cuestiona sus honorarios por considerarlos reducidos..."
"No asiste razón al reclamante ya que de las constancias de autos se desprende que la clausura del período probatorio en relación a la falta de acreditación de los estudios médicos, no fue cuestionada oportunamente por el actor... la inacción demostrada por el reclamante en la producción de la pericia médica denota desinterés ... en contra de la postura recursiva..."
"En lo que refiere al asunto de los honorarios, teniendo en cuenta el mérito, labor e importancia de los trabajos profesionales desarrollados en la anterior instancia, evaluados en el marco del valor económico del litigio, considero que los honorarios regulados a la representación y patrocinio letrado de la parte actora se observan bajos por lo que propongo elevarlos a la suma de $ 991.920 (Pesos novecientos noventa y un mil novecientos veinte) que representa a la época de la sentencia de origen (23.9.2024) 16 UMA de $ 61.995 cada uno a esa fecha (conf. art. 38 L.O. y normativa arancelaria vigente)."
Voto en adhesión (disposición del segundo voto): "Por compartir sus fundamentos, adhiero al voto que antecede."
- Disidencia: No se registra disidencia; los votos confluyen en la solución del acuerdo.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: