NOTTI GNAZZO, MATIAS ANDRES c/ EXTRABERRIES S.A. s/DESPIDO
El actor reclamó indemnizaciones por despido y rubros salariales derivados de la extinción del vínculo laboral. La Cámara modificó la sentencia de grado y rechazó la demanda en su totalidad, sosteniendo que el despido directo quedó justificado por pérdida de confianza y confirmando lo restante de lo materia de recursos.
¿Quién es el actor?
Notti Gnazzo Matías Andrés (actor demandante).
¿A quién se demanda?
Extraberries S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (controversia sobre fecha y modalidad de extinción del vínculo), indemnizaciones por despido (incl. art. 80 LCT), días trabajados último mes, SAC proporcional, vacaciones no gozadas y demás rubros laborales; también cuestionamientos sobre costas y honorarios periciales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de grado y rechazó la demanda en su totalidad; fijó las costas de ambas instancias a cargo del demandante; elevó los honorarios del perito informático a 30 UMAS (valor UMA $68.985); confirmó lo restante que fue materia de recursos y agravios; y fijó los honorarios de esta instancia de las representaciones letradas en el 30% de las sumas que les correspondan percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales de los párrafos más relevantes):
1) “En consecuencia, concuerdo con la Sra. Jueza a quo en cuanto a que la misiva rescisoria remitida por la empleadora llegó a esfera de conocimiento del trabajador el día que se dejó aviso de visita, es decir, el 12/03/2021. Desde esta perspectiva, y a mérito de que aquella fue anterior al telegrama en el que el actor se consideró despedido, propongo confirmar que la relación laboral de autos se extinguió el 12/03/2021, mediante el despido directo dispuesto.”
2) “En consecuencia, concuerdo con la judicante de grado acerca de que se encuentra acreditada la existencia de la causa objetiva de incumplimiento adjudicada al trabajador que posee una entidad suficiente para provocar una pérdida de confianza, por lo que el despido directo de autos estuvo debidamente justificado. En consecuencia, propongo confirmar la solución adoptada en origen, lo que conduce a la ratificación del rechazo de las indemnizaciones por despido y las previstas en el artículo 2 de la ley 25.323 y el DNU 34/2019.”
3) “La crítica referente a las ‘vacaciones no gozadas, proporcional mes trabajado, SAC proporcional, y SAC sobre Vacaciones no gozadas’ fue planteada de modo asociado al agravio anterior por lo que correrá idéntica suerte. ... Por ello será objeto de rechazo el reclamo por dichos rubros.”
4) “Propongo dejar sin efecto la condena al pago de la indemnización del art. 80 LCT. … En consecuencia, considero que no corresponde responsabilizar a la accionada en los términos de la norma antedicha, por lo que voto por dejar sin efecto la condena dispuesta respecto del tópico.”
5) (Sobre costas y honorarios) “sugiero receptar la crítica de la demandada e imponer las costas de ambas instancias a cargo del actor que resultó vencido (art. 68 CPCCN). ... propongo hacer lugar a la apelación de honorarios del perito informático y elevar sus estipendios a 30 UMAS, conforme un valor UMA de $68.985. ... propongo que se regulen sus honorarios en el 30% de las sumas que les corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior.”
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la decisión fue acordada por los dos jueces que firman el fallo.
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