Logo

CARRIZO, ARIEL GUSTAVO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Demandante por accidente laboral reclamó indemnización por incapacidad bajo la Ley Especial. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, imponiendo las costas de Alzada a la demandada y regulando honorarios según lo dispuesto, manteniendo la aplicación del D.N.U. 669/2019 y la Acta 2764 en el caso.

Accidente de trabajo Ley especial Art Actualizacion Intereses D.n.u. 669/2019 Acta 2764 Costas de alzada Honorarios Confirmacion de sentencia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Carrizo, Ariel Gustavo. Demandado: Experta ART S.A. Objeto: Acción por accidente (Ley Especial) y condena indemnizatoria por incapacidad derivada del trabajo (primera manifestación invalidante el 06/03/23; consolidación jurídica del daño 22/01/2014 según la sentencia). Decisión: La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción; impuso las costas de Alzada a cargo de la demandada; reguló los honorarios conforme lo determinado en el voto (en esta instancia, 30% de lo regulado en el anterior grado por cada patrocinio y, cuando correspondiera, adición del IVA a cargo del responsable inscripto). Además, ordenó dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En tal marco, pongo de resalto que no suscita controversia ante la Alzada el hecho de el trabajador sufre incapacidad como consecuencia de su labor (con primera manifestación invalidante datada el 06/03/23), así como tampoco la pertinencia de la indemnización reclamada como consecuencia de este, en los términos de la L.R.T. Contrariamente, la queja radica con relación a la actualización y los intereses, puesto que en el anterior grado se determinó el empleo del D.N.U. 669/2019, aspecto que impulsó el reproche de la aseguradora, bajo el argumento de que ello tornó desproporcionado el crédito." "De tal suerte, toda vez que surge del fallo citado precedentemente (“ROMAN”), que la mayoría del Tribunal, integrada por los Dres. Perugini y Fera, aplican en forma inmediata el D.N.U. 669/2019, he de emplear dicha solución al caso de autos. Y, en consecuencia, propicio la confirmatoria de lo decidido en primera instancia." "Por todo lo expuesto, al crédito actualizado, corresponderá aplicar un interés del 6 % anual, desde la fecha del despido hasta la oportunidad del efectivo pago". "Atento el modo en el que se resuelve, conforme arts. 68 y 279 del C.P.C.C.N., impongo las costas de Alzada a cargo de la demandada. Respecto de la regulación de honorarios... En lo que respecta a esta instancia, a cada patrocinio letrado le corresponderá el 30 % de lo regulado por la instancia anterior, por las tareas efectivamente realizadas."
- Votos y postura: La Dra. Diana R. Cañal expuso fundamentos extensos (incluyendo obiter dicta a favor de métodos alternativos de actualización y crítica a precedentes de la CSJN) pero se avenó a la mayoría y propuso confirmar; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió al voto y la resolución fue adoptada por la Cámara en los términos del dispositivo transcripto.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar