CASTILLO, DIEGO RAMON c/ RED ALFA SEGURIDAD S.R.L. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido contra Red Alfa Seguridad S.R.L. y Supermercados Mayoristas Yaguar S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de grado y rechazó la acción contra Yaguar, confirmó la regulación de honorarios del perito y fijó costas y emolumentos de alzada.
¿Quién es el actor?
Diego Ramón Castillo.
- Demandados: Red Alfa Seguridad S.R.L. (empleadora) y Supermercados Mayoristas Yaguar S.A. (codemandada).
- Objeto de la demanda: Acción laboral por despido y pretensión de responsabilidad solidaria de Yaguar por las obligaciones laborales de Alfa (art. 30 LCT).
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por Yaguar, modificó la sentencia apelada y rechazó la acción impetrada contra Supermercados Mayoristas Yaguar S.A., con costas por su orden; confirmó la regulación de honorarios del perito contador; e impuso las costas de alzada por su orden y reguló los emolumentos de los profesionales intervinientes en el 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"En efecto, no existe ningún documento o elemento objetivo que acredite la subcontratación de Alfa por parte de Yaguar, ni que ésta explotara o fuese titular de un supermercado o centro de comercialización masivo en el shopping citado, sin perjuicio de las oficinas señaladas como domicilio real, que claramente no revisten la entidad de los establecimientos señalados previamente."
"Por lo expuesto, cabe admitir la queja en estudio, revocar la sentencia apelada, y rechazar la demanda impetrada contra la accionada Supermercados Mayoristas Yaguar S.A., lo cual torna inoficioso el tratamiento de los restantes planteos formulados por ella."
"De acuerdo a la solución que se propone para resolver el recurso impetrado considero que, respecto de la acción que se rechaza, impetrada contra Supermercados Mayoristas Yaguar S.A., cabe imponer las costas de ambas instancias en el orden causado..."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhiere al voto del Dr. Díez Selva.
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