BARRAZA, HECTOR DANIEL Y OTROS c/ CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores promovieron demanda por diferencias de salarios contra Correo Oficial de la República Argentina S.A. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: incluyó las diferencias devengadas por S.A.C. y vacaciones (con su adecuación según el Considerando V) y confirmó el resto del fallo apelado; impuso costas y honorarios de Alzada conforme al Considerando VI.
¿Quién es el actor?
Barraza, Héctor Daniel y otros (coactores: Héctor Barraza; Carlos Fabricio Ceresito; José Alberto Pérez, entre otros).
¿A quién se demanda?
Correo Oficial de la República Argentina S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de diferencias salariales por la consideración como no remunerativas de sumas abonadas en virtud de Actas Acuerdo colectivas y su incidencia en diversos rubros (S.A.C., vacaciones, adicional por antigüedad, premios, etc.).
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió modificar la sentencia apelada para establecer que las diferencias salariales a liquidarse deberán incluir las devengadas en concepto de S.A.C. y vacaciones, con su adecuación en la forma indicada en el Considerando V; en todo lo demás objeto de agravios, confirmó el fallo de grado. Asimismo, impuso costas y honorarios de Alzada en la forma dispuesta en el Considerando VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En definitiva, vista la paridad de situaciones bajo análisis, considero que las sumas convencionales abonadas como 'no remunerativas' encuadran dentro de las previsiones del art. 103 LCT y del Convenio Nº 95 OIT y, por ende, corresponde otorgarles carácter salarial, lo que me conduce a confirmar lo dispuesto en grado al respecto." (Considerando III, voto Dr. M. P. Díez Selva)
"Es que la tasa de interés tiene como objetivo mantener incólume el contenido de la sentencia y la integridad del crédito de naturaleza alimentaria, a efectos de evitar que el transcurso del tiempo lo pulverice... En consecuencia y por elementales razones de seguridad jurídica y economía procesal, resulta pertinente seguir las directrices consagradas por el Máximo Tribunal al expedirse en las referidas causas." (Considerando V, sobre intereses y actualización)
"Tal decisión impone la adecuación del capital de condena a través de una pauta de razonabilidad que, en mi opinión... corresponde establecer mediante la aplicación del indicador salarial de naturaleza previsional elaborado por la Subsecretaria de Seguridad Social denominado 'Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables' (Ripte), ... con más un 7% anual de interés puro sobre el capital, sin perjuicio de las facultades previstas en el art. 771 del CCyCN." (Considerando V, propuesta de criterio — no obstante, la resolución de la Sala adhirió al criterio mayoritario referido en el propio considerando)
- Disidencias: No consta voto en disidencia; el acuerdo definitivo se expresa en la Parte Resolutiva transcripta.
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