PAJON CLAUDIA BEATRIZ c/ GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. Y OTRO s/DESPIDO
La actora demandó por lesiones derivadas de accidente laboral y reclamó reparación integral, salarios y SAC. La Cámara modificó la actualización del crédito aplicando el IPC más un interés puro del 3% (con uso del RIPTE entre 1/11/2015 y 31/3/2016) y confirmó el resto de la sentencia apelada, incluyendo incapacidad del 39,3% y montos indemnizatorios.
¿Quién es el actor?
Pajón Claudia Beatriz (actora).
- Demandados: Galeno A.R.T. S.A. y Perkul e Hijos S.A. (codemandadas).
- Objeto de la demanda: acción por daños y perjuicios derivados de accidente/lesión laboral (reparación integral por incapacidad, daño moral) y cobro de salarios y SAC adeudados; además impugnaciones sobre honorarios y actualización del crédito.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó lo resuelto en cuanto a la actualización del crédito, disponiendo que la adecuación se realice mediante el Índice de Precios al Consumidor (utilizándose el RIPTE para el período 1/11/2015–31/3/2016) más un interés puro del 3% anual desde la exigibilidad de cada suma hasta su efectivo pago; confirmó lo restante de la sentencia apelada (entre otros: incapacidad permanente parcial del 39,3%, monto de reparación integral $350.000 y daño moral $70.000), impuso costas de alzada a las accionadas en proporción de sus condenas y reguló honorarios de esta instancia en 30% de las sumas correspondientes por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) “La perito médica (24/4/18) expresó respecto de la actora: ‘Columna lumbar: Se denota contractura muscular paravertebral. Maniobra de Menard positiva (relata dolor y eleva su tronco en masa), Lasegue positivo en ambos miembros inferiores a 30º. Refiere dolor agudo a la flexión. Funcionalmente se objetiva: Flexión: 75º. Extensión: 10º. Lateralización derecha: 20º. Lateralización izquierda: 10º. Rotación derecha: 30º. Rotación izquierda: 20º. Hernia de disco operada con secuelas clínicas y electromiográficas severas.’ … ‘Hoy encuentro en la actora una limitación funcional importante con Maniobra de Lasegue positiva para ambos miembros inferiores a 30º. Este cuadro le genera un cuadro de incapacidad permanente y parcial del orden del 39,3% de la T.O., utilizando para tal calculo la Tabla de Evaluación de Incapacidades Laborativas, decreto 659/96 de la ley 24.557.’”
2) “Removido ese obstáculo, considero que la actualización del crédito mediante el índice de precios al consumidor, acompañado de una tasa de interés ‘pura’ del 3% anual, constituye un arbitrio razonable que contempla una ponderación objetiva de la realidad económica a partir de pautas de legítimo resarcimiento, en los términos de la doctrina de los mencionados precedentes ‘Oliva’ y ‘Lacuadra’ de la Corte Suprema.”
3) “Por todo lo hasta aquí expresado, y en plena coincidencia con los fundamentos expuestos por mi distinguida colega, la Dra. Silvia E. Pinto Varela en su voto … propicio modificar el fallo apelado en lo referente a la adecuación del crédito, que se actualizará desde que cada suma era debida hasta el efectivo pago mediante el IPC, con más un interés puro del 3% anual sobre el capital actualizado -utilizándose el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) para el período que corre entre el 1º/11/2015 y el 31/3/2016, atento a la ausencia de datos oficiales del mencionado IPC durante dicho lapso
- con más un interés puro del 3% anual sobre el capital actualizado.”
- Disidencias o votos en minoría: No consta disidencia; ambos votos (Guisado y Pinto Varela) adhieren y el acuerdo final corresponde a lo transcripto.
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