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GODOY PERALTA, JUAN CARLOS c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Trabajador demandó a Prevención ART S.A. por accidente de trabajo y reclamó reparación por incapacidad y actualización de la condena. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia, fijó el capital de condena en $6.909.695,54, declaró la inconstitucionalidad de las prohibiciones de indexación señaladas y ordenó actualizar el capital por el IPC-INDEC más tasa pura del 3% anual.

Accidente de trabajo Ley 24.557 Ley 27.348 Inconstitucionalidad Indexacion Ipc-indec Intereses 3% puro Ibm Apelacion laboral Costas y honorarios


¿Quién es el actor?

Godoy Peralta Juan Carlos.

¿A quién se demanda?

Prevencion ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso Ley 27348 por accidente de trabajo (06/06/2022), reconocimiento de incapacidad (física y psicológica), cálculo del IBM, actualización de la condena y tasa de intereses; impugnación de costas y regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado fijando el capital de condena en $6.909.695,54; declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 4 de la ley 25.561 que prohíben la indexación, así como de los apartados 2° y 3° del art. 12 de la ley 24.557 (según art. 11 de la ley 27.348); ordenó actualizar el capital conforme el IPC-INDEC desde la exigibilidad hasta su efectivo pago más una tasa pura del 3% anual; dejó sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios de la instancia anterior y dispuso costas y honorarios conforme al considerando V del primer voto; trámites de registro y notificación.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "En tal orden de ideas, estimo que en el caso no puede soslayarse que, frente a los ajustes y variaciones económicas y financieras por todos conocidos y que surgen de los datos del INDEC, la tasa de interés prevista en el art. 12 de la ley 24.557, con la modificación introducida por el art. 11 de la ley 27.348, o cualquier otra autorizada por el BCRA –según lo dispuesto en el inciso c) del art. 768 el CCyCN-, no cumple la función a la que está destinada en su condición de interés moratorio según el derecho vigente, en tanto que no presenta habilidad para compensar en forma suficiente la variación de los precios internos y la privación del capital que sufre la parte damnificada desde el origen de la deuda." "Para evitar esa licuación del crédito del trabajador, cabe recurrir a la última ratio del orden jurídico, que es la declaración de inconstitucionalidad, para el caso concreto, de las leyes 23928 y 25.561 que vedan la actualización de los créditos." "En virtud de lo expuesto, corresponde receptar el agravio de la actora en este segmento y considerar un IBM de $286.531,02.
- ... en consecuencia, el capital de condena asciende a la suma de $6.909.695,54 importe que devengará los intereses que expondré a continuación."
- Disidencias: Se deja constancia que el Dr. José Alejandro Sudera no votó. El Dr. Gabriel de Vedia formuló disidencias parciales en el tratamiento de accesorios y en la fundamentación sobre la declaración de inconstitucionalidad, aunque manifestó adhesión operativa al resultado mayoritario del acuerdo por razones de economía procesal; los fundamentos mayoritarios se expresan en el primer voto (Dra. Ferdman) que conforman la decisión del Tribunal.

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