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PASCAL, FABIAN ANDRES c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamación por accidente de trabajo por incapacidad psicofísica y daño psíquico. La Cámara modificó la sentencia y ordenó ajustar el capital de condena conforme el decreto 669/19, impuso las costas a la demandada y reguló los honorarios de las partes y del perito.

Accidente de trabajo Incapacidad 31% Reaccion vivencial anormal neurotica Decreto 669/19 Actualizacion del capital Intereses Costas a la demandada Honorarios en umas Inversion probatoria Ley 24.557 (riesgos del trabajo)


¿Quién es el actor?

Fabián Andrés Pascal.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (aseguradora/ART) y la empleadora aparece implicada en el relato fáctico.
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente de trabajo (15/04/2019) por incapacidad psicofísica (meniscectomía, hidrartrosis, hipotrofia muscular y reacción vivencial anormal neurótica II) y pago de capital indemnizatorio, intereses y costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a la forma de ajuste del capital de condena y dispuso que el capital se ajustará conforme lo dispuesto en el decreto 669/19; además impuso las costas de ambas instancias a la parte demandada y reguló los honorarios (actora 515 UMAs; demandada 315 UMAs; perito 225 UMAs) y los honorarios por la alzada en 30% y 30% de lo que correspondan percibir en la instancia anterior, con más IVA si corresponde.
- Fundamentos principales (textos transcritos): 1) "En función de lo expuesto, considero acreditado que el actor padece una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 31%, en vinculación causal con el siniestro denunciado, el cual fue correctamente merituado por el experto, incluido los factores de ponderación." 2) "Por todo ello, mi voto se inclinará por la declaración de inconstitucionalidad de las resoluciones 104/98 y 414/99 SRT, que establecen un momento diferente desde el cual corren intereses, distinto al previsto en el Código Civil y Comercial de la Nación, norma de rango superior." (la votante expone su criterio sobre intereses, aunque en el acuerdo final se aplicó el DNU 669/19 para la actualización). 3) "En consecuencia voto por: I.
- Modificar la sentencia y disponer que el capital de condena será ajustado de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19 en los términos señalados en los considerandos de este voto; II.
- Imponer las costas de ambas instancias a cargo de la parte demanda; III.
- Regular los honorarios..."
- Disidencia/Mayoría: La doctora Diana Cañal expuso el voto que integra la mayoría; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió. Se menciona que la magistrada dejó expresamente reservado su criterio en cuanto a la forma de actualización (IPC, RIPTE o IPC+6%) al quedar en minoría respecto de aplicar únicamente el decreto 669/19; esa reserva fue manifestada por la votante pero la decisión mayoritaria aplicó el DNU 669/19.

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