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CIANCI, JUAN CARLOS c/ ALVAREZ, OSCAR ALFREDO Y OTROS s/DESPIDO

Reclamó despido contra Álvarez y otros por reintegro y/o indemnización por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda y, además, elevó los honorarios de la representación de la demandada a 10 UMAs ($722.650) e impuso costas de Alzada.

Despido Apelacion Confirmacion Honorarios Umas Costas de alzada Art.116 ley 18.345 Camara nacional de apelaciones del trabajo Sala viii Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

CIANCi, JUAN CARLOS.

¿A quién se demanda?

ALVAREZ, OSCAR ALFREDO y otros.
- Objeto de la demanda: acción por despido (s/ despido) — se pretendía la declaración de daño y cobro de lo derivado del despido.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el fallo apelado en cuanto fue materia de recurso y agravios; elevó los honorarios de la representación letrada de la demandada a 10 UMAs (equivalentes a $722.650,00); impuso las costas de Alzada en el orden causado; y regló los honorarios de la profesional que presentó escrito en la Cámara en el 30% de lo que le corresponda percibir por su actuación en la etapa previa.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "II.
- La presentación de la actora no exhibe la crítica razonada y concreta de los fundamentos del decisorio de grado, requerida por el artículo 116 de la Ley 18.345 como medida de la suficiencia del recurso. La queja no excede del limitado marco de la exteriorización de una disconformidad subjetiva, que no accede a la calidad de expresión de agravios, por lo que debe ser considerada desierta, de acuerdo con la norma procesal citada." "III.
- Respecto a los honorarios apelados, en atención la importancia, mérito y extensión de las tareas cumplidas y a las pautas arancelarias, los regulados a la representación letrada de la demandada se exhiben reducidos, por lo que corresponde elevarlos a la suma de 10 UMAs (equivalentes a $722.650,00), lo que así voto." "VI.
- Por las razones expuestas, propongo en este voto: 1) se confirme el fallo apelado en cuanto fue materia de recurso y agravios; 2) se eleven los honorarios de la representación letrada de la demandada a la suma de 10 UMAs, equivalentes a $722.650,00.-; 3) se impongan las costas de Alzada en el orden causado, en atención a la ausencia de réplica (Art. 68 CPCC) y; 4) se regulen los honorarios de la profesional firmante del escrito dirigido a esta Cámara, en el 30% de lo que le corresponda percibir por su actuación en la etapa previa."
- Votos: La Dra. María Dora González votó por confirmar y regular honorarios (voto que expone los fundamentos citados). El Dr. Víctor A. Pesino adhiere al voto que antecede. No hubo disidencia.

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