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ALVAREZ, IGNACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor reparación por enfermedad profesional con primera manifestación el 01/06/2022. El Juzgado revocó la decisión de la Comisión Médica y fijó incapacidad del 23,67% de la T.O., condenando a Provincia ART al pago de $7.848.329,67 más intereses por aplicación de pericia, testimonios y método de capacidad restante.

Incapacidad Enfermedad profesional Art Pericia medica Capacidad restante Ripte Ley 24.557 Ley 26.773 Indemnizacion Testimonios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ignacio Álvarez. Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Provincia ART). Objeto: Reconocimiento de enfermedad profesional, fijación de incapacidad y condena al pago de la prestación dineraria correspondiente por enfermedad profesional con fecha de primera manifestación 01/06/2022. Decisión: Se revocó lo decidido por la Comisión Médica N°10 y se fijó la incapacidad laboral del actor en el 23,67% de la total obrera por la enfermedad profesional manifestada el 01/06/2022; se condenó a Provincia ART a abonar la suma de $7.848.329,67 dentro del quinto día mediante depósito bancario, con más intereses; costas a la demandada; regulación de honorarios (16% actora, 14% demandada, 7% perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, con lenguaje original del tribunal): "Del informe presentado el 07 de marzo de 2025 por la perito médica designada surge que, mediante examen físico y los estudios practicados al accionante, dictaminó, con base en los antecedentes de interés médico legal obrantes en autos, que el actor presenta, cervicobraquialgia con alteraciones clínicas, radiológicas y electromiográficas leves a moderadas con limitación funcional que lo incapacita en el 12% de la TO. A nivel psíquico informó que el peritado presenta un cuadro compatible con una reacción vivencial anormal neurótica de grado II con manifestaciones fóbicas y depresivas que lo incapacita en el 10% de la TO. A su turno valuó los factores de ponderación en el 10% por dificultad leve para realizar tareas habituales, 10% por ameritar recalificación laboral y en el 0,50% por la edad del damnificado." "Otorgo al dictamen referido eficacia probatoria en sus aspectos fundamentales, atento que se funda en principios técnicos y argumentos científicos, así como en consideraciones basadas en exámenes clínicos y complementarios realizados al accionante." "En suma, en mi consideración, los testimonios reseñados se presentan serios, objetivos, concordantes entre sí y con lo denunciado por el actor en su relato, además de encontrarlos debidamente fundados, por cuanto las deponentes explicaron en forma satisfactoria las circunstancias de tiempo, modo y lugar en las que accedieron al conocimiento de los hechos que refirieron,... poseen eficacia probatoria, en los términos del art. 386 y del art. 90 L.O. ... Como consecuencia de lo señalado, concluyo que la ART demandada debe responder por las consecuencias lesivas que el trabajo desempeñado para la empleadora afiliada produjo en la salud del Sr. ÁLVAREZ y resultantes de sus tareas de esfuerzo físico, que le provocaron el déficit informado por el especialista del orden del 23,67% TO, aplicando como se vio el método de la capacidad restante." "A la suma anteriormente fijada, de $6.540.274,73, corresponde adicionar la indemnización de pago único prevista en el art. 3º de la ley 26.773, dado que, como dije, la enfermedad de autos se manifestó cuando ya se hallaba vigente la ley referida ... Por lo tanto, el monto total de la prestación equivale a $7.848.329,67 ($6.540.274,73 x 20 / 100 = $1,308.054,94)." (No existen votos en disidencia en el decisorio; la resolución es dictada por la Jueza de primera instancia).

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