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ROMAN, SUSAN ELIANA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora impugnó la decisión administrativa y judicial que negó incapacidad por Riesgos del Trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de grado, entendiendo que los agravios no cumplen con los requisitos del art. 116 LO y no controvierten fundadamente el dictamen médico, e impuso costas y honorarios de alzada.

Recurso de apelacion Ley 27348 Riesgos del trabajo Incapacidad Comision medica jurisdiccional Art. 116 lo Agravios Costas Honorarios de alzada Confirmacion de sentencia


¿Quién es el actor?

ROMÁN SUSAN ELIANA.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: impugnación de la resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional N° 10 que determinó ausencia de incapacidad; recurso de apelación contra la sentencia que confirmó dicho pronunciamiento (Ley de Riesgos del Trabajo).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; se dispusieron costas y honorarios de alzada conforme al considerando IV.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo): "El memorial en examen no satisface los recaudos que exige el art. 116 de la L.O. pues el actor se limita a realizar invocaciones genéricas y a agregar argumentos en relación con el planteo subsidiario. Sin embargo, omite cuestionar mediante una crítica concreta y razonada las motivaciones esenciales del pronunciamiento." "…la recurrente no cuestiona eficazmente los fundamentos del dictamen médico, los exámenes médicos, y las consideraciones científicas con las que se fundamentó la ausencia de incapacidad derivada del infortunio denunciado, lo cual obsta a que el suscripto pueda viabilizar el reexamen del material probatorio y las cuestiones resueltas. Adviértase, en este sentido, que las manifestaciones vertidas por la actora al expresar agravios se aprecian ajenas a las constancias de la presente causa…" "En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de alzada según considerando IV."
- Voto en disidencia: No corresponde; la Jueza Silvia E. Pinto Varela adhiere al voto precedente y el acuerdo es unánime en confirmar la sentencia.

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