Logo

IBARRA, LEONOR ALEJANDRA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó por indemnización por accidente de trabajo y reconocimiento de incapacidad derivada del siniestro del 11/04/2022. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucionales las normas que prohíben la indexación, ordenó actualizar el capital de condena según IPC-INDEC desde la exigibilidad hasta el pago con una tasa pura del 3% anual y confirmó lo demás de la sentencia.

Accidente de trabajo Incapacidad Indexacion Ipc-indec Interes 3% anual Inconstitucionalidad Ley 27.348 Art Costas y honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Leonor Alejandra Ibarra.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por reparación – reconocimiento de incapacidad psicofísica y liquidación indemnizatoria por accidente ocurrido el 11/04/2022; impugnación de la tasa de interés aplicada y de la cuantificación de incapacidad psicológica; apelación por regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 4 de la ley 25.561 (prohibición de indexación/actualización monetaria) y de los apartados 2° y 3° del art. 12 de la ley 24.557 con las modificaciones del art. 11 de la ley 27.348; ordenó actualizar el capital de condena conforme el IPC INDEC desde la exigibilidad hasta su efectivo pago más una tasa pura del 3% anual. Confirmó la sentencia en lo demás y reguló costas y honorarios de alzada según lo dispuesto en el considerando 5 del primer voto.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "La tasa de interés es el precio del dinero durante el tiempo de la mora en el cumplimiento de la obligación, al existir esta mora, los intereses deben calcularse a una tasa que comprenda tanto las expectativas inflacionarias, la tasa vigente de ganancia en un determinado período y criterios utilizados por la autoridad del BCRA (cfr. inc. c art. 768 CCyCN)." 2) "Declarar la inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad que requiere el análisis preciso de la coyuntura en la cual se enmarca el caso concreto y a la que sólo debe recurrirse cuando una estricta necesidad lo requiera, en situaciones en las que la repugnancia con la cláusula constitucional sea manifiesta e indubitable y la incompatibilidad inconciliable." 3) "Lo que determina el reproche constitucional de las leyes que prohíben la indexación no es el resultado económico obtenido en los distintos supuestos aritméticos utilizados, sino la desprotección del crédito del trabajador que impide asegurar la función resarcitoria de la tarifa y no violentar el principio de legalidad."
- Disidencia: El Dr. Gabriel de Vedia expuso fundamentos propios señalando que, a su juicio, debía aplicarse la tasa prevista en el acta CNAT 2658 con capitalización conforme art. 770 inc. b CCyCN; sin embargo, por economía procesal y porque la sala no estaba integrada por sus miembros naturales, adhirió al criterio mayoritario que declaró la inconstitucionalidad y ordenó la actualización por IPC + 3% anual. Los votos de las Dras. Beatriz E. Ferdman y José Alejandro Sudera (este último no votó por art. 125 L.O.) conformaron la mayoría que refleja la parte resolutiva aquí transcripta.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar