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ALVAREZ BUCCOLINI, JUAN ANDRES c/ TRASLADOS ESPECIALES S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y cobro de indemnizaciones, diferencias salariales, horas extras, multas laborales y entrega de certificados contra Traslados Especiales S.A. y Compañía de Servicios Aeroportuarios S.A. El Juzgado rechazó íntegramente la demanda por improcedente, concluyendo que el trabajador fue dependiente de Traslados Especiales S.A., no se verificaron irregularidades registrales ni diferencias salariales probadas y se declaró cumplida la obligación de entrega del certificado de trabajo.

Despido Indemnizaciones Diferencias salariales Certificado de trabajo Art. 80 lct Contrato de colaboracion empresaria Prueba pericial Rechazo de demanda Costas Regulacion de honorarios


¿Quién es el actor?

Álvarez Buccolini, Juan Andrés.
- Demandados: Traslados Especiales S.A. y Compañía de Servicios Aeroportuarios S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnizaciones por despido (despido indirecto), haberes adeudados, diferencias por categoría (reconocimiento tardío como supervisor), horas extras, multas previstas en las leyes 24.013 y 25.323 y art. 80 LCT, y entrega de certificados de trabajo.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó íntegramente la demanda por improcedente (art. 726 CCCN); se declararon las costas en el orden causado; se regularon los honorarios de los letrados y peritos en los importes consignados; y se declaró cumplida la obligación de entregar el certificado de trabajo (art. 80 LCT).
- Fundamentos principales (textos originales relevantes): "Por todo lo hasta aquí expuesto, entiendo que el despido indirecto en el que se colocó el dependiente careció de causa y deviene injustificado, lo que implica el rechazo de las indemnizaciones reclamadas (antigüedad, preaviso e integración), las horas extras, diferencias salariales y las sanciones consagradas en la ley 25.323." "En definitiva, el desarrollo expresado conduce al íntegro rechazo de la demanda, por improcedente (art.726 y conc., LCT)." "Corresponde el rechazo de la sanción fundada en el art. 80 LCT... El accionante no acreditó haber dado cumplimiento con dicha intimación. La demandada acompaña los certificados al contestar la acción (fs. 69/71) por lo que la obligación contractual se declara cumplida." (FALLO) "1) Rechazar íntegramente la demanda interpuesta por Álvarez Buccolini Juan Andrés contra Traslados Especiales S.A. y Compañía de Servicios Aeroportuarios S.A. por improcedente (art.726 CCCN); 2) Declarar las costas en la forma dispuesta precedentemente; 3) Regular los honorarios...; 4) Declarar cumplida la obligación de hacer entrega del certificado de trabajo (art. 80 de la LCT) con las constancias acompañadas a la causa."
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; la decisión es de primera instancia dictada por la Jueza.

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