LORCA, CRISTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Lorca promovió recurso contra la sentencia que hizo lugar a su demanda contra Provincia ART S.A. La Cámara declaró mal concedida la apelación del actor, declaró abstractos los agravios de la demandada sobre la adecuación del crédito y confirmó la resolución de primera instancia, disponiendo además la reducción de los honorarios conforme al considerando IV.
¿Quién es el actor?
Lorca Cristian.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: recurso interpuesto en el marco de la causa "LORCA CRISTIAN C/ PROVINCIA ART S.A. S/ RECURSO LEY 27.348" contra la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda (impugnación de la adecuación del crédito y regulación de honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedida la apelación del actor; declaró abstractos los agravios de la demandada respecto de la adecuación del crédito; confirmó la regulación de la sentencia de primera instancia ajustando los honorarios conforme al considerando IV; e impuso las costas de la alzada en el orden causado por ausencia de réplica.
- Fundamentos principales (textos transcritos del fallo):
1) "La resolución que concede una apelación no es susceptible de una nueva apelación. La vía idónea para plantear ante la Cámara las objeciones acerca de la procedencia formal del recurso o del efecto en que ha sido concedido, es la contestación de agravios (S.I. 44.079 del 28/4/06, 'Velázquez, Juan Carlos c/ Salpe S.A. y otro s/ despido'). Corresponde entonces declarar mal concedida la apelación del actor."
2) "El capital de condena ($ 2.997.178,83), así ajustado, arroja un monto de $11.287.641,62, que supera holgadamente el límite mínimo de apelabilidad previsto en el art. 106 de la L.O. ..."
3) "Por consiguiente, no aplicó el ajuste por índice RIPTE ni la capitalización semestral de intereses para el caso de mora que prevé el DNU 669/19, por lo que todos los agravios vertidos en este segmento del memorial recursivo resultan abstractos."
4) Sobre honorarios: "En atención al monto de condena y el mérito e importancia de los trabajos realizados, los honorarios en cuestión lucen altos por lo que propongo reducirlos a las respectivas sumas de $2.314.843,06 (32,03 UMAs) para el letrado del actor y $578.120 (8 UMAs) para el galeno (art. 2 de la ley 27348, art. 21 y conc. de la ley 27423 y art. 38 de la L.O.)."
- Disidencias: No hubo voto en disidencia; la Dra. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.
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