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CASILLA, DIONICIO FRANCISCO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamo por prestaciones de la Ley 24.557 por accidente laboral y determinación de incapacidad y monto indemnizatorio. La Cámara modificó parcialmente la sentencia: redujo el capital de condena a $2.360.714,70 y confirmó lo demás apelado; además regularizó costas y honorarios (17%, 15% y 7% para las respectivas representaciones).

Accidente de trabajo Ley 24.557 Incapacidad 10 08% Actualizacion ripte Interes banco nacion Ley 26.773 20% Costas Honorarios Galeno art s.a. Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Casilla, Dionicio Francisco.

¿A quién se demanda?

Galeno ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por prestaciones de la Ley 24.557 derivados de un accidente ocurrido el 30/07/2022 (descarga eléctrica al apoyar una bandeja metálica), con determinación de incapacidad física y psíquica y cálculo del monto indemnizatorio, actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia reduciendo el capital de condena a $2.360.714,70 con los intereses previstos en el considerando III; confirmó la sentencia de grado en todo lo demás materia de apelación; impuso las costas de primera instancia a la demandada; reguló honorarios (17% actora, 15% demandada, 7% perito) y fijó además un 30% para la etapa de alzada sobre lo que corresponda percibir en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Considero que el informe pericial médico resulta claro, contundente, objetivo y se encuentra debidamente fundado con criterio científico (art. 386 CPCCN)." "Por tanto, a partir del propio relato del reclamo (art. 65 incisos 3, 4 y 6 de la LO) y de su insuficiencia a los fines pretendidos, corresponde desestimar el porcentaje de incapacidad psíquica atribuida." "De tal modo, en razón de esa base de cálculo –que en definitiva queda expresada en $311.584,03 y una incapacidad del 10,08% de acuerdo a lo determinado en el apartado anterior y el resto de las pautas determinadas en la sede de grado para calcular la prestación dineraria del art. 14 inc. 2 ap. a) de la L.R.T. –que no merecieron cuestionamiento en los términos del art. 116 de la L.O.-, la indemnización debida como consecuencia del infortunio que nos ocupa, asciende a $1.967.262,25 (53 X 311.584,03 x 10,08% X 65/55), monto que resulta superior al piso mínimo establecido en la Resolución S.R.T. Nº 15/22 ... Asimismo, se le deberá adicionar la suma de $393.452,45 correspondiente al 20% previsto en el art. 3 de la Ley 26.773. Dicha suma –esto es, $2.360.714,70... desde la interposición del recurso y hasta la efectiva cancelación, devengará intereses conforme el promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, acumulándose los intereses al capital en forma semestral."
- Disidencias: No existen votos en disidencia relevantes consignados; el Dr. Pompa adhirió al voto que antecede.

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