RODRIGUEZ, MARIO NICOLAS c/ GRUPO PELUCHE S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Reclamó despido y prestaciones laborales contra varias sociedades y personas por empleo no registrado y discriminación. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado: revocó el rechazo contra Chelatto S.R.L., confirmó la existencia del vínculo y condenó solidariamente a Grupo Peluche S.R.L. y Carnes Moreira S.R.L. por $8.589.911,90, y fijó responsabilidades personales limitadas para Coronel y Hernández por $6.008.109,04 y $7.108.109,04 respectivamente, con costas y honorarios según el voto.
¿Quién es el actor?
Mario Nicolás Rodríguez (actor).
- Demandados: Grupo Peluche S.R.L.; Carnes Moreira S.R.L.; Chelatto S.R.L.; Gabriela Mariana Coronel; Gonzalo Agustín Hernández (codemandados).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido, reconocimiento de relación laboral no registrada, diferencias salariales, aportes omitidos (seguro La Estrella), vacaciones 2021, daño moral por maltrato y discriminación, y demás rubros indemnizatorios.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se revocó el fallo de grado que había rechazado la acción contra Chelatto S.R.L.; se modificó parcialmente la condena imponiendo a Grupo Peluche S.R.L. y Carnes Moreira S.R.L. el pago solidario de $8.589.911,90 (más la adecuación por índice e intereses señalada en el Considerando XVI); se modificó parcialmente la condena respecto de Gabriela M. Coronel y Gonzalo A. Hernández, imponiéndoles responsabilidad solidaria limitada a $6.008.109,04 y $7.108.109,04 respectivamente (con la adecuación señalada); se confirmó el resto del fallo de grado que fue objeto de recurso; y se reguló costas y honorarios conforme al Considerando XVIII.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de 2-3 párrafos relevantes, en lenguaje del tribunal):
"Dado que, en el caso, no se ha acreditado la existencia ni de un conjunto económico en los términos del artículo 31 L.C.T, como tampoco maniobras fraudulentas como las previstas en la norma, sugiero revocar el fallo de grado en este aspecto y rechazar la acción dirigida contra Chelatto S.R.L." (Considerando XIV).
"Por todo lo expuesto, propongo la condena solidaria contra los codemandados Gabriela Mariana Coronel y Gonzalo Agustín Hernández, con fundamento en la citada ley Nº 19.550... En conclusión, propongo que la codemandada Gabriela Mariana Coronel responda hasta la suma de $6.008.109,04, mientras que el codemandado Gonzalo Agustín Hernández lo haga hasta la suma de $7.108.109,04 ($6.008.109,04 + $1.100.000 en concepto de 'daño moral')." (Considerando XV).
"En consecuencia, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Revocar el fallo de grado rechazando en todas sus partes la acción dirigida contra Chelatto S.R.L. 2) Modificar parcialmente el fallo condenando en forma solidaria a Grupo Peluche S.R.L. y Carnes Moreira S.R.L. a pagar al actor la suma de $8.589.911,90 con más la adecuación sugerida en el Considerando XVI del presente. 3) Modificar parcialmente el fallo de grado condenando en forma solidaria a los codemandados Gabriela Mariana Coronel y Gonzalo Agustín Hernández solo hasta las sumas de $6.008.109,04 y $7.108.109,04 respectivamente, con más la adecuación señalada. 4) Confirmar el fallo de grado en todo lo demás que fue objeto de recurso y agravio. 4) Costas y honorarios en la forma sugerida en el Considerando XVIII del presente." (Bloque resolutivo final).
- Disidencias: no se registran votos en disidencia; el voto de la Dra. Pinto Varela fue acompañado por el Dr. Guisado y el acuerdo resolvió conforme a lo transcripto.
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