BOLAND, DANIEL EDUARDO c/ ART LIDERAR S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Demanda por accidente de trabajo bajo la ley especial contra ART Liderar S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada, imponiendo las costas de alzada al Fondo de Reserva y regulando los honorarios de su representación en el 30% de lo que perciba por la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Boland, Daniel Eduardo (actor en expediente).
¿A quién se demanda?
ART Liderar S.A. (acción por accidente – ley especial). Recurre en apelación Prevención ART S.A. en su carácter de gerenciadora del Fondo de Reserva (interesada en la apelación).
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente de trabajo
- ley especial, con controversias relativas a actualización del capital de condena, intereses y alcance de la responsabilidad del Fondo de Reserva y aplicación del decreto 1022/17 y normativa sobre actualización.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue materia de agravio; impuso las costas de alzada al Fondo de Reserva y reguló los honorarios de su representación en el 30% de lo que deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En orden a la principal queja formulada, cabe señalar que si bien considero que la modificación introducida al art. 12 de la ley 24.557 por las leyes 27.348 y el decreto 669/19 no resulta aplicable a contingencias anteriores a su vigencia ... no se sigue de ello la posibilidad de soslayar la existencia del notorio proceso inflacionario que incide sobre la cuantía de los créditos desde por lo menos desde el año 2002, aspecto respecto del cual he anteriormente señalado, ante situaciones como la presente, que la postura reiteradamente expuesta por el Máximo Tribunal de la Nación ... traduce una posición dogmática que, en su literalidad, soslayaría la necesidad de evitar los efectos devastadores que el fracaso de dicha política ocasiona sobre la integridad de los créditos que no han sido cancelados oportunamente."
"Sin embargo, la metodología expuesta ha sido descalificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... en la cual sostuvo que una capitalización periódica de los intereses no encuentra sustento en el Código Civil y Comercial de la Nación, y derivó en un resultado económico desproporcionado y carente de respaldo en la realidad económica actual."
"No obstante, en el entendimiento que las disposiciones del referido decreto se encuentran actualmente suspendidas ... y dado la inexistencia de una tasa de interés bancaria que, aplicada en forma lineal ... resulte suficiente para compensar el deterioro de los créditos ... no se observa otra alternativa posible, en orden a la preservación de la integridad de los derechos en juego, que declarar la inconstitucionalidad del art 7mo de la ley 23.928 ..."
"Consecuente con ello, propicio declarar la inconstitucionalidad del decreto 1022/17 en tanto pretende modificar los términos de la responsabilidad del Fondo de Reserva establecidos por la ley, y por consiguiente, que el agravio de esta entidad sobre el punto sea desestimado."
- Disidencias: No existen votos en disidencia; la Dra. Cañal adhiere al voto del Dr. Perugini y el acuerdo final coincide con lo propuesto.
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