BENITEZ, CRISTIAN JAVIER c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Recurso de apelación del actor por incapacidad laboral derivada de un hecho en acto de servicio contra Provincia ART S.A. La Cámara confirmó la sentencia apelada y fijó las costas de ambas instancias a cargo del orden causado; además confirmó los honorarios y los reguló en alzada en un 30% de lo percibido en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
Benitez Cristian Javier.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (A.R.T.).
- Objeto de la demanda: impugnación de la resolución de primera instancia que rechazó el recurso del actor en trámite S.R.T. 52366/21, reclamando el reconocimiento de incapacidad laboral por lesiones (se alude a lumbalgia y supuestas secuelas) y la práctica de pruebas/pericia complementaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia en lo principal; impuso las costas de ambas instancias en el orden causado; confirmó los honorarios y reguló los de alzada en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes):
"La perito médica designada en autos, Dra. Mara Noemí Pon Cavallo, presentó el peritaje encomendado. Luego de realizar los exámenes y estudios pertinentes más la entrevista personal, informó que '(…) el actor presenta “lumbalgia sin limitación funcional. Se estima que las secuelas señaladas originan en el Actor una Incapacidad Parcial y Permanente del 0% por ciento de la T. O. (…)' (fs. 44/49 foliatura digital)."
"Ello es así, porque aun cuando por la reiteración del concepto pueda parecer un mero formulismo, elementales razones de sentido común aconsejan a los jueces y juezas no solo requerir el auxilio de un especialista cuando se trata de determinar cuestiones ajenas a su área de conocimiento profesional, sino también, al menos como principio, admitir las apreciaciones que este pueda formular desde su formación profesional y solo apartarse de ellas cuando existan constancias objetivamente demostrativas que se hallan reñidas con principios lógicos o máximas de la experiencia o del propio saber científico del auxiliar, circunstancia esta última que, en lo que al caso refiere, no encuentro que pueda tenerse por verificada, dado que la perito ha realizado una detallada y fundamentada descripción de la condición psicofísica del demandante, ha descartado en forma concluyente la existencia de incapacidad mediante afirmaciones que se encuentran adecuadamente fundamentadas en principios propios de la especialidad..." (voto del Dr. Perugini).
- Disidencia: La Dra. Diana R. Cañal propuso revocar la resolución de la anterior instancia y ordenar una nueva pericia médico-legista con estudio de faz física y psicológica, diferir costas y honorarios hasta sentencia definitiva. Esa propuesta quedó en minoría y no fue adoptada por la Cámara.
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