GONZALEZ, VICTOR RAFAEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por indemnización por accidente laboral por incapacidad del 0,5%. La Cámara modificó la sentencia y fijó el capital de condena en $53.016,70, declaró inconstitucionales normas que prohíben la indexación y ordenó actualizar conforme IPC INDEC más tasa pura anual del 3%.
¿Quién es el actor?
Víctor Rafael González.
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (ART demandada).
- Objeto de la demanda: recurso contra la resolución de Comisión Médica Nº10 y apelación por la determinación de incapacidad (0,5%) y la liquidación/actualización del capital indemnizatorio e intereses derivados de accidente ocurrido el 22.11.2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada y fijó el capital de condena en PESOS CINCUENTA Y TRES MIL DIECISEIS CON SETENTA CENTAVOS ($53.016,70), declaró la inconstitucionalidad de las normas de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928, art. 4 de la ley 25.561 y los apartados 2° y 3° del art. 12 de la ley 24.557 con las modificaciones del art. 11 de la ley 27.348 en cuanto prohíben la indexación, y ordenó actualizar el capital conforme el IPC INDEC desde la exigibilidad del crédito hasta su efectivo pago con más una tasa pura del 3% anual; asimismo impuso costas y reguló honorarios conforme lo propuesto en el considerando 3 del voto preopinante.
- Fundamentos principales (transcripciones textuales relevantes):
"Modificar la sentencia apelada y fijar el capital de condena en la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL DIECISEIS CON SETENTA CENTAVOS ($53.016,70.-), suma que devengará los intereses con los alcances precisados el considerando 2 del primer voto del presente acuerdo..."
"…declarar la inconstitucionalidad de las normas de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y art. 4 de la ley 25.561 que prohíben la indexación y/o actualización monetaria y de los apartados 2° y 3° del art. 12 de la ley 24.557 con las modificaciones introducidas por el art. 11 de la ley 27.348, y actualizar el capital de condena conforme el IPC INDEC desde que el crédito es exigible y hasta su efectivo pago con más una tasa pura del 3% anual;"
Del voto mayoritario (preopinante): "En consecuencia, dejando a salvo mi opinión, la sentencia de origen debe ser modificada en este aspecto y aplicar al capital de condena, la actualización mediante IPC INDEC con más 3% de interés puro anual desde la fecha del infortunio..."
- Disidencia / actuación: Se deja constancia que el Dr. José Alejandro Sudera no votó en virtud del art. 125 LO. El acuerdo fue firmado por los Dres. Gabriel de Vedia y Beatriz E. Ferdman, quienes conforman la mayoría que resolvió la modificación y las declaraciones de inconstitucionalidad consignadas.
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