VERA, BERNARDO c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor impugnó la decisión administrativa sobre inexistencia de incapacidad por accidente laboral y reclamó reconocimiento de secuelas. La Cámara confirmó la sentencia apelada que rechazó el recurso, al considerar que el apelante no controvirtió en forma concreta las conclusiones médicas ni acompañó estudios que acrediten secuelas indemnizables.
¿Quién es el actor?
VERA, Bernardo.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso en los términos del art. 2 de la ley 27.348 impugnando la decisión administrativa (CMJ/SRT) que declaró inexistencia de incapacidad derivada de accidente laboral sufrido el 27/08/2024; pretende reconocimiento de secuelas incapacitantes por lesión en pierna derecha.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de agravios y se impusieron las costas por su orden; se reguló honorarios de alzada conforme los considerandos del primer voto.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"II. En este contexto, no se encuentra controvertido que el accionante sufrió un accidente en ocasión el 27/08/2024 mientras realizaba sus tareas de descarga y sintió dolor en la pierna al bajar un objeto de considerable peso. Luego de la audiencia médica realizada, la CMJ dictaminó que el actor no poseía secuelas incapacitantes derivadas del accidente y en base al baremo LRT, pero el apelante insiste en que no se realizaron estudios y análisis médico en concreto, por lo que era imperioso que el médico actuante de la SRT solicitara nuevos estudios. Advierte que las consecuencias dañosas de cualquier accidente no pueden evidenciarse con una primera evaluación y que el examen debía realizarse sin forzar al paciente. Que la limitación funcional de la pierna derecha, lesión muscular del muslo derecho, es una lesión que no puede diagnosticarse con la mera revisación clínica del paciente en una audiencia médica acotada de no más de 5 minutos. Sin embargo, más allá de estos planteos... lo expuesto no invalida los fundamentos allí brindados sobre la inexistencia de secuelas indemnizables, pues el accionante no refiere en concreto secuelas que lo incapaciten ni alude al tipo de limitación que lo afecta. En rigor de verdad, no obstante los argumentos recursivos... lo sustancial del planteo es que en momento alguno rebate las conclusiones derivadas de los estudios por imágenes realizados al trabajador y específicamente, no acompaña documentos que así lo indiquen. Ello -en conjunto
- sella la suerte del recurso en sentido adverso a la apelante, en tanto no encuentro en todo el planteo esgrimido, argumentos concretos que cuestionen los fundamentos expuestos por el sentenciante de la anterior instancia, conforme los términos del art. 116 LO. Por lo expuesto, sugiero confirmar lo decidido en grado."
"III. Teniendo en cuenta lo dispuesto por el artículo 1 de la ley 27.348, las costas serán impuestas por su orden y los honorarios de alzada para la representación y patrocinio letrado de las partes se establecen en el 30% de lo que en definitiva le corresponda por la anterior instancia (art. 30 ley de honorarios)."
- Votos / disidencias relevantes: No consta voto disidente aprobatorio; se deja constancia que el doctor Alejandro Sudera no votó en virtud del art. 125 LO.
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