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GUTIERREZ, MARIA CRISTINA c/ LESSIVER S.R.L. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido contra Lessiver S.R.L. reclamando la declaración de despido injustificado y las indemnizaciones de ley. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado en todo lo interpuesto en el recurso, imponiendo las costas de alzada por su orden y regulando honorarios según el voto preopinante.

Despido Indemnizacion Intereses Costas Honorarios Acta cnat 2783 Confirmacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Ley 25.323 Ley 26.856


¿Quién es el actor?

GUTIERREZ MARIA CRISTINA.

¿A quién se demanda?

LESSIVER S.R.L.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (acción por despido injustificado) y las indemnizaciones correspondientes; se discutió además la aplicación de intereses y la distribución de costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el decisorio de grado en todo lo que fue materia de recurso y agravios; impuso las costas de alzada por su orden y reguló los honorarios en la forma dispuesta en el considerando 6° del primer voto compartido; ordenó registrar, notificar, cumplir con lo dispuesto por la ley 26.856 y devolverse el expediente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "Sentado ello, viene al caso rememorar que, arriba firme a esta instancia la decisión asumida en origen de que el despido dispuesto por la empleadora con justa causa, devino injustificado, como también las indemnizaciones de ley diferidas a condena, en tanto el único rubro que se deshecho en el fallo fue la indemnización del art. 1 de la ley 25.323. Circunstancias, todas éstas que no fueron materia recursiva, por ende arriban firmes a esta alzada." "En cuanto a los intereses, ... el Acta CNAT Nº 2783 ... además de haber sido dejada sin efecto a través del Acta de la CNAT N° 2788 del 21/08/2024, implicaría para la apelante fallar en contra de los intereses de su mandante, puesto que los accesorios fijados en origen –y que no fueron cuestionados por la parte actora
- arrojan resultados inferiores a lo pretendido por la recurrente. ... En consecuencia ... corresponde sin más desestimar la queja en el punto y por tanto confirmar los intereses fijados en origen." "En cuanto a los honorarios recurridos, teniendo en cuenta las normativas arancelarias aplicadas en origen –las que no fueron controvertidas en la queja
- como las labores desarrolladas por cada una de las partes, monto involucrado, resultado obtenido y etapas del proceso cumplidas, no los encuentro elevados a los porcentuales establecidos, por tanto propondré confirmarlos (cfr. art. 38 de la L.O.)."
- Disidencia o aclaraciones: Se deja constancia que el Dr. Alejandro Sudera no votó en virtud de lo dispuesto por el art. 125 de la Ley Orgánica; no se consignan votos en disidencia respecto de la decisión adoptada por la mayoría.

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