MURO, CRISTINA Y OTROS c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores reclamaron diferencias salariales por horas extras contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó las diferencias solicitadas, por considerar que la operatoria remuneratoria y los comprobantes aportados resultaron suficientes y que la crítica de la actora carece de asidero probatorio y legal.
¿Quién es el actor?
Cristina Muro y Otros (Miriam del Pilar Ayala Medrano; Marcela Adriana Galatioto; Juan Miguel Malazani; Pedro Donato Pooli; Silvia Susana Porta; Mariela del Lujan Rosales; Juan Carlos Salva; Stella Maris Sánchez; Lidia Irene Itatí Saucedo).
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo de diferencias salariales por horas extras (liquidación por exceso de jornada y/o incorporación al salario básico de horas suplementarias) por el período comprendido entre marzo y noviembre de 2013 y montos derivados del conteo de horas que excedieron las 148 mensuales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo sometido a recurso y agravios, con imposición de costas y regulación de honorarios de alzada conforme lo dispuesto en el voto preopinante; además ordenó registrarse, notificarse y cumplir normas formales (art.1 Ley 26.856 y acordadas CSJN). Se deja constancia que un vocal no votó.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"pese a discrepar con el análisis efectuado en grado, no señala qué extremos probatorios avalan su contrario punto de vista, lo cual transforman a su crítica en una mera discrepancia dogmática que no cabe más que desestimar, pues no aportó elementos objetivos y concretos que justifiquen apartarse de lo allí resuelto (cfr. art.116 de la L.O)."
"la cantidad de 148 horas es un módulo de cálculo del básico en Unidades Retributivas destinado a compensar la jornada de 35 horas semanales, pero ello no conforma un límite temporal a dicha jornada."
"los recibos de haberes adunados a la causa, de los que surgen que las retribuciones abonadas por el INSSJP en materia de jornada, resultó cualitativa y cuantitativamente suficiente para retribuir las labores desempeñadas por los demandantes."
"Ayala Medrano, Pedro Donato Pooli y Silvia Susana Porta, percibían un concepto adicional al haber básico denominado Adicional por Mayor Carga Horaria, normado por el art. 23 de la Resolución 1523, cuyo monto no solo compensa el tiempo de trabajo en exceso de las 148 horas mensuales laboradas, sino que, asimismo, excluye expresamente la realización de horas extras..."
"la postura actora caree de asidero jurídico en la medida en que pretende computar la incidencia de las horas suplementarias en el salario básico, configurándose una repotenciación infinita de salarios básicos en una misma comunidad de trabajadores..."
- Disidencia/relevancia: Se deja constancia de que el doctor Alejandro Sudera no votó; no consta voto en disidencia mayoritaria en el acuerdo.
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