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RANGEL RODRIGUEZ, MARY SOL c/ TEAM WEFIV SA (CONTINUADORA DE IVI BUENOS AIRES S.A.) s/DESPIDO

Reclamó por despido y diferencias salariales en relación con la aplicación de un convenio colectivo distinto. La Cámara confirmó la sentencia en lo principal pero modificó los accesorios: declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 4 de la ley 25.561 y ordenó actualizar el capital de condena por IPC-INDEC más interés puro del 3% anual.

Despido Convenio colectivo Cct 108/75 Cct 122/75 Inconstitucionalidad Actualizacion ipc-indec Interes 3% anual Tasas cnat Costas de alzada Honorarios


¿Quién es el actor?

RANGEL RODRIGUEZ, Mary Sol (actora).

¿A quién se demanda?

TEAM MEFIV SA (Continuadora de IVI BUENOS AIRES SA).
- Objeto de la demanda: acción por despido con reclamo de rubros indemnizatorios y diferencias salariales por aplicación de convenio colectivo (cuestión de encuadramiento en CCT 122/75 vs CCT 108/75).

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios, con excepción de los accesorios que se modifican; declaró la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y del art. 4 de la ley 25.561 que vedan la actualización de los créditos, y dispuso actualizar el capital de condena mediante el IPC INDEC más una tasa de interés pura del 3% anual desde la exigibilidad hasta el efectivo pago; impuso las costas de alzada por su orden y reguló honorarios conforme considerandos del primer voto.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): "La sentencia de grado en este aspecto consideró la orfandad probatoria de parte de la accionante en relación con la categoría invocada de Instrumentadora Quirúrgica y que parte de su remuneración le era abonada de manera clandestina. Por ello la a quo desestimó este planteo y tuvo por acreditado un salario de $190.279 en base a la remuneración determinada por el perito contador y en base a una jornada completa y no parcial." "Es la actividad del establecimiento lo que determina que, quienes realizan el trabajo, son personal comprendido en el CCT celebrado por las parte colectivas consideradas por el Ministerio de Trabajo de la Nación como suficientemente representativas del sector... Nótese que ... la habilitación comercial otorgada incluye los rubros 'CENTRO DE REPRODUCCIÓN MEDICAMENTE ASISTIDA / CENTRO MÉDICO U ODONTOLÓGICO / LABORATORIO DE ANÁLISIS CLÍNICOS' lo que comprueba que se trata de un centro de diagnóstico sin internación." "En este contexto narrado es que los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y 4 de la ley 25.561, que prohíben la actualización de los créditos de naturaleza laboral resultan inconstitucionales... corresponde declarar la inconstitucionalidad de los arts. 7 y 10 de la ley 23.928 y 4 de la ley 25.561 y disponer que el crédito de autos se actualice, desde la fecha de su exigibilidad y hasta el efectivo pago, mediante el Índice de Precios al Consumidor Nacional -nivel general
- que publique el INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC) y luego se aplique una tasa interés que se fija en el 3% anual..." "Por ejemplo, a la fecha del presente pronunciamiento el capital de condena que asciende a $570.837 -exigible a 29/07/2022
- con los accesorios a las tasas de CNAT 2601, 2630 y 2658 con más una capitalización determinaría una suma de $4.573.373, mientras que mediante la actualización del IPC INDEC arroja un total de $5.840.313, lo que demuestra que la metodología del IPC resulta la más adecuada a fin de evitar la licuación del crédito del trabajador."
- Disidencias: Se deja constancia de que el doctor Alejandro Sudera no vota en virtud de lo dispuesto por el art. 125 de la ley 18.345; no consta voto en disidencia informado en la parte resolutiva que modifique el acuerdo mayoritario.

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