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LARROSA, MARCELO ANDRES c/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamante por accidente (Ley Especial) contra aseguradora cooperativa. La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que fue materia de recurso y agravios y condenó en costas a la demandada, con honorarios de alzada fijados conforme al considerando III.

Accidente ley especial Apelacion Confirmacion de sentencia Costas Honorarios de alzada Tasa de interes Inconstitucionalidad art. 7 ley 23.928 Non reformatio in pejus Actas cnat Ipc


¿Quién es el actor?

Larrosa Marcelo Andrés.

¿A quién se demanda?

Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada.
- Objeto de la demanda: Reclamo derivado de accidente (Ley Especial).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso las costas a la demandada y fijó los honorarios de alzada conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo): "I) Contra la sentencia de primera instancia del 18 de diciembre de 2024 se alza la parte demandada (presentación del 23 de diciembre de 2024), sin réplica de su contraria." "II) La accionada cuestiona la tasa de interés dispuesta en grado. Es útil memorar que el Juez de grado dispuso que '…el monto final a pagar será, por un lado, el correspondiente al monto histórico calculado conforme las actas de la CNAT N°2.600, 2.601, 2.630 y 2.658, con su única capitalización de acuerdo al artículo 770 inc. b. del CCyC -en función de lo ya señalado en los párrafos ut supra
- y al resultado alcanzado deberá de adicionársele los intereses compensatorios indicados en el párrafo precedente (18 % anual) y calculados hasta el día 31/12/2023…'." "En primer lugar, cabe recordar que esta Sala ya se ha pronunciado sobre la cuestión en las causas 'Cabronero, Hernán Matías c/ Sentinell SA s/ despido', SD 117.125 del 26/08/2024 y 'Machado Martínez Wilson c/ Álvarez Crespo, Jorge s/ Despido', SD 117.126 del 27/08/2024 –entre otras-, en donde se resolvió declarar la inconstitucionalidad de lo dispuesto en el art. 7 de la ley 23.928, con las modificaciones de la ley 25.561, que vedan la actualización monetaria. Ello surgió de la comparación, respecto de un mismo período, entre lo dispuesto en el Acta 2658 de esta Cámara, y los datos que emanan del INDEC acerca de la tasa inflacionaria. Y se dispuso tomar como parámetro IPC más un 3% de interés anual." "Ahora bien, no soslayo que, en la especie, el mencionado cotejo tornaría aplicable la tesis de la mayoría de esta Sala. Sin embargo, toda vez que las pautas establecidas en el fallo de primera instancia son más beneficiosas para la demandada –única que cuestionó el tópico en estudio
- que la que resultaría de lo expuesto, no corresponde modificar la sentencia de grado pues se estaría vulnerando el principio de 'non reformatio in pejus', esto es, se estaría modificando la sentencia en perjuicio de la apelante." "III) En la Alzada propongo imponer las costas a la demandada quien conserva su calidad de vencida (art. 68 CPCCN) y con arreglo a lo establecido en el art. 38 L.O. y art. 30 de la ley 27.423, corresponde fijar los honorarios de la representación letrada de la parte interviniente, por sus labores en esta etapa en el 30% de lo que le corresponde por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior." "IV) En síntesis, de compartirse mi voto corresponderá: 1) Confirmar la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de alzada conforme considerando III."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; el Dr. Héctor C. Guisado adhiere al voto de la Dra. Pinto Varela.

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