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FIGUEROA, MARIO ANTONIO c/ INDUSTRIAS KMG S.A. s/DESPIDO

Demanda por despido indirecto promovida por Mario Antonio Figueroa contra Industrias KMG S.A. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, fundando la decisión en la valoración de las pruebas, el contexto pandémico y la exigencia de vacunación y protocolos para el reingreso al trabajo; impuso costas y fijó honorarios de alzada.

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¿Quién es el actor?

Mario Antonio Figueroa.

¿A quién se demanda?

Industrias KMG S.A.
- Objeto de la demanda: acción por despido indirecto; se reclamó la admisión de la demanda por despido indirecto y las consecuencias indemnizatorias respectivas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada que rechazó la demanda en todo aquello que fue materia de recurso y agravios; además, impuso costas y reguló honorarios de alzada conforme al considerando III.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes): 1) "No soslayo que recién el 1/6/2021 el actor recibió la citada respuesta de la accionada, pero para ello cabe ponderar que: a) el 11/3/2020 la Organización Mundial de la Salud decretó una pandemia por el virus Covid-19; b) que la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a nivel internacional requirió la adopción de medidas extraordinarias, que suscitó el dictado de los Decretos Nros. 260/20 y 297/20... en el marco de la evaluación diaria de la situación sanitaria y epidemiológica del aglomerado urbano denominado ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA) se adoptó la decisión de implementar nuevas medidas focalizadas en ese territorio, tendientes a disminuir la circulación de personas..." 2) "La empleadora contestó el requerimiento del demandante dejando constancia de que se había amparado en los términos de la Resolución N° 207 del Ministerio de Trabajo, y en la resolución conjunta del ministerio citado y el Ministerio de Salud N°4/21, a fin de la eximición de prestar tareas presenciales, por ser mayor de 60 años de edad, y no haber recibido la primer dosis de la vacuna contra el Covid-19, sin perjuicio de lo cual, le solicitó que aclarase su voluntad, y se presentase 'en el lugar de trabajo a fin de cumplir con los Protocolos vigentes a fin de permitir el regreso seguro a su puesto y eventualmente, reorganizar el cronograma de horarios de trabajo'..." 3) "Por las consideraciones vertidas, sugiero confirmar lo resuelto en el grado. III. De acuerdo a los argumentos vertidos para resolver el recurso de apelación impetrado por la parte actora, no encuentro motivos para apartarme del principio general objetivo de la derrota (art. 68 CPCCN), por lo que propicio confirmar la imposición de costas a su cargo, y fijar las de alzada en el orden causado... considero que la regulación de honorarios dispuesta en primera instancia se ajusta a derecho, por lo que propongo confirmarla, así como sugiero fijar los honorarios de alzada del letrado que actuó en esta instancia en el 30% de aquello que le corresponda por sus tareas en origen (art. 30, ley 27.423). IV. En síntesis, voto por: 1) Confirmar la sentencia apelada en todo aquello que fue materia de recurso y agravios. 2) Costas y honorarios de alzada, conforme lo dispuesto en el considerando III."
- Disidencia: no se registran votos en disidencia; la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.

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